María Adela Rodríguez López, Rosa María Blanca Herrera, María del Carmen López Martínez
Se hace indispensable una reglamentación específica del etiquetado de todos los productos alimenticios obtenidos por ingeniería genética, con objeto de que el consumidor consiga a través de él, la información necesaria para elegir libremente estos productos. El etiquetado deberá ajustarse a la reglamentación que expone la Directiva «marco» 79 / 112 / CEE relativa a la aproximación de legislaciones sobre etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios; complementada con los requisitos específicos suplementarios, que contempla el Reglamento general núm. 258 / 97 / CE, �sobre nuevos alimentos e ingredientes alimentarios». También tendrá que ajustarse a las disposiciones verticales que vayan apareciendo al respecto
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