La tercera edición está justificada particularmente por la incidencia que ha tenido la conocida como Ley Omnibus en la Ley de Sociedades Profesionales. La Ley 29/2009, de 22 de diciembre, ha reformado parcialmente los artículos 3, 4 y 9, así como la Disposición Final Segunda. Además ha añadido una nueva Disposición Adicional, que es la Séptima. Ha de saberse que uno de objetivos de la Ley Omnibus es la mayor dinamización del sector servicios mejorando la competitividad en relación con nuestros socios europeos. Probablemente el mayor impacto de esta pequeña reforma de la Ley de Sociedades Profesionales sea el que ha afectado a la composición social, sustituyendo la mayoría cualificada de los socios profesionales por la mayoría simple, seguramente con la finalidad de que las sociedades profesionales sean más competitivas dentro y fuera del territorio nacional. No menos importante es la expresa inserción de una norma para el reconocimiento en España de sociedades profesionales de otros Estados miembros de la UE. No podemos olvidar, por otra parte, la importante reforma operada por la Ley Omnibus en la Ley de Colegios Profesionales que, de alguna manera, afecta también a la Ley de Sociedades Profesionales, siendo de particular relevancia la introducción de un nuevo apartado sexto en el artículo 6, según el cual ?El ejercicio profesional en forma societaria se regirá por lo previsto en las Leyes. En ningún caso los colegios profesionales ni sus organizaciones colegiales podrán, por sí mismos o través de sus estatutos o el resto de la normativa colegial, establecer restricciones al ejercicio profesional en forma societaria?
Artículo 1: definición de las sociedades profesionales
págs. 47-80
Artículo 2: exclusividad del objeto social
págs. 81-90
Artículo 3: sociedades multidisciplinares
págs. 91-163
Artículo 4: composición
págs. 165-249
Artículo 5: ejercicio e imputación de la actividad profesional
págs. 251-262
Artículo 6: denominación social
págs. 263-310
Artículo 7: formalización del contrato
págs. 311-371
Artículo 8: inscripción registral de las Sociedades Profesionales
págs. 373-426
Artículo 9: desarrollo de la actividad profesional y responsabilidad disciplinaria
págs. 427-503
Artículo 10: participación en beneficios y pérdidas
págs. 505-540
Artículo 11: responsabilidad patrimonial de la sociedad profesional y de los profesionales
págs. 545-589
Artículo 12: intransmisibilidad de la condición de socio profesional
págs. 591-639
Artículo 13: separación de socios profesionales
págs. 641-664
Artículo 14: exclusión de socios profesionales
págs. 665-698
Artículo 15: transmisiones forzosas y mortis causa
págs. 699-748
Artículo 16: reembolso de la cuota de liquidación
págs. 749-772
Artículo 17: normas especiales para las sociedades de capitales
págs. 773-819
Artículo 18: cláusula de arbitraje
págs. 821-852
Disposición adicional primera: auditoría de cuentas
págs. 853-860
Disposición adicional segunda: extensión del régimen de responsabilidad
págs. 861-883
Disposición adicional tercera: profesionales exceptuados de alguno de los requisitos legales
págs. 887-888
Disposición adicional cuarta: modificación del Código de Comercio
págs. 889-893
Disposición adicional quinta: régimen de Seguridad social de los socios profesionales
págs. 895-928
Disposición adicional sexta: oficinas de farmacia
págs. 929-979
Disposición adicional séptima: sociedades profesionales de países comuntarios
págs. 981-1024
Disposición transitoria primera: plazo de inscripción en el Registro Mercantil
págs. 1025-1039
Disposición transitoria segunda: constitución de los Registros de Sociedades Profesionales y plazo de inscripción en los mismos
págs. 1041-1052
Disposición transitoria tercera: exenciones fiscales y reducciones arancelarias
págs. 1053-1064
Disposición transitoria cuarta: régimen transitorio de incompatibilidades profesionales
págs. 1065-1066
págs. 1067-1077
Disposición final primera: carácter de la Ley. Disposición final segunda. Habilitación normativa
págs. 1079-1088
Disposición final tercera: entrada en vigor
págs. 1089-1094
Addenda I: régimen fiscal de las Sociedades Profesionales
págs. 1095-1147
Addenda II: los colegios profesionales : su régimen jurídico y los nuevos interrogantes ante la Ley de Sociedades Profesionales
págs. 1149-1231
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