Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Comentarios al Código Civil Cubano: Tomo I: Disposiciones Preliminares; Libro Primero: Relación Jurídica; Volumen II: (Artículos del 38 al 80)

Imagen de portada del libro Comentarios al Código Civil Cubano

Información General

  • Citas a capítulos: 2 Citas

Listado de artículos

    • Título II: Sujetos de la relación pública / CAPÍTULO I: Personas naturales / SECCIÓN 4ª: Derechos Inherentes a la personalidad

      • Artículo 38.-: La violación de los derechos inherentes a la personalidad consagrados en la Constitución que afecte al patrimonio o al honor de su titular confiere a este a sus causahabientes la facultad de exigir....

        Caridad del Carmen Valdés Díaz

        págs. 1-20

        Artículo
    • Capítulo II Personas jurídicas

      • Artículo 39.-: Las personas jurídicas son entidades que, poseyendo patrimonio propio, tienen capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones. Son personas jurídicas además del Estado...

        Marta Fernández Martínez

        págs. 21-52

        Artículo
      • Artículo 40.-: La constitución, régimen y disolución de las personas jurídicas se establecen y regulan en la ley, sus estatutos y reglamentos.

        Marta Fernández Martínez

        págs. 53-61

        Artículo
      • Artículo 41.-: Las personas jurídicas, para ejercer sus actividades, tienen la capacidad que determina la ley y sus estatutos o reglamentos.

        Marta Fernández Martínez

        págs. 62-63

        Artículo
      • Artículo 42.-: Las personas jurídicas realizan sus actividades por medio de sus órganos de dirección legalmente designados o elegidos..

        Marta Fernández Martínez

        págs. 64-70

        Artículo
      • Artículo 43.-: El domicilio de las personas jurídicas es el determinado en la disposición legal que las crea, en sus estatutos o reglamentos y, en su defecto, el lugar donde esté establecida su representación legal o radique su órgano superior de dirección.

        Marta Fernández Martínez

        págs. 71-75

        Artículo
      • Artículo 44.-: Las personas jurídicas responden por sus obligaciones con los bienes que integran su patrimonio. El patrimonio de las empresas estatales está integrado por los medios básicos, de rotación y financieros que les asigna el Estado.

        Marta Fernández Martínez

        págs. 76-83

        Artículo
    • Título III: Objeto de la relación jurídica

      • Artículo 45.-: El objeto de la relación jurídica es un bien, una prestación o un patrimonio, que sean de lícita apropiación o recepción. Por su objeto, las relaciones jurídicas pueden ser: sobre bienes materiales, de obligaciones y de sucesiones.

        Iris Cabanes Espino

        págs. 83-91

        Artículo
      • Artículo 46.-: Las relaciones jurídicas sobre bienes materiales, recaen directamente sobre cosas y confieren a asu titular, frente a cualquier persona, la facultad de ejercitar su derecho dentro de los límites establecidos por la ley.

        Iris Cabanes Espino

        págs. 92-102

        Artículo
    • Título IV: Causas de la relación jurídica

    • Capítulo I: Disposición General

      • Artículo 47.-: Las causas que generan la relación jurídica son: a) Los acontecimientos naturales b) Los actos jurídicos c) Los actos ilícitos ch) El enriquecimiento indebido y d) Las actividades que generan riesgo

        Teresa Delgado Vergara

        págs. 103-114

        Artículo
    • Capítulo II: Acontecimientos naturales

      • Artículo 48.-: Los acontecimientos naturales son hechos que ocurren con independencia de la voluntad del hombre y tienen los efectos jurídicos que las ley les atribuye

        Teresa Delgado Vergara

        págs. 115-122

        Artículo
    • Capítulo III: Acto jurídico

      • Artículo 49.-: El acto jurídico es una manifestación lícita, de voluntad, expresa o tàcita que produce los efectos dispuestos por la ley, consistentes en la constitución, modificación o extinción de una relación jurídica.

        Carlos Rogel Vide, Leonardo B. Pérez Gallardo

        págs. 123-161

        Artículo
    • Sección Segunda: Forma e interpretación

      • Artículo 50.-: Los actos jurídicos expresos pueden realizarse oralmente o por escrito.

        Leonardo B. Pérez Gallardo

        págs. 162-178

        Artículo
      • Artículo 51.-: Deben constar por escrito:a) Los actos realizados por las personas jurídicas b) Los actos cuyo objeto tienen un precio superior a quinientos pesos y c) Los demás que disponga la ley

        María del Mar Heras Hernández

        págs. 179-192

        Artículo
      • Artículo 52.-: Cuando los términos de una manifestación de voluntad no son suficientemente claros, deben ser interpretados teniendo en cuenta la voluntad presumible del que lo emitió, la significación generalmente aceptada de las palabras y las demás circuntancias.

        Leonardo B. Pérez Gallardo

        págs. 193-227

        Artículo
    • Sección Tercera: Condición, término y modo

      • Artículo 53.-: 1.- El nacimiento, la modificación o la extinción de los efectos de un acto jurídico pueden hacerse depender de una condición, o sea, de un acontecimiento futuro e incierto.

        Rafael Roselló Manzano

        págs. 228-245

        Artículo
      • Artículo 54.-: 1.- La exigibilidad o la extinción de los efectos de un acto jurídico puede hacerse depender de un término, o sea, de un acontecimiento futuro y cierto.

        Rafael Roselló Manzano

        págs. 246-254

        Artículo
      • Artículo 55.-: 1.- En los actos jurídicos gratuitos, la parte que otorga el beneficio puede imponer al beneficiario la obligación de efectuar una prestación en su propio interés o en interés de un tercero, siempre que no desnaturalice el carácter gratuito del acto

        Rafael Roselló Manzano

        págs. 255-264

        Artículo
    • Sección Cuarta: Representación

      • Artículo 56.-: El acto jurídico puede realizarse por medio de un representante

        Guillermo Montoya Pérez

        págs. 264-265

        Artículo
      • Artículo 57.-: El que actúa en nombre de otro es su representante legal o voluntario, según sus facultades emanen de la ley o de un acto jurídico

        Guillermo Montoya Pérez

        págs. 264-265

        Artículo
      • Artículo 58.-: La manifestación de voluntad emitida por el representante dentro de los límites de sus facultades es eficaz a favor o en contra del representado como su fuera él mismo quien hubiera obrado.

        págs. 278-279

        Artículo
      • Artículo 59.-: El alcance de las facultades del representante legal viene determinado por la ley. Las del representante voluntario por la manifestación de la voluntad del representado.

        Yaidy Moreno Ceballo

        págs. 280-297

        Artículo
      • Artículo 60.-: Siempre que el representante legal tenga un interés opuesto a su representado, corresponde al fiscal la representación de este último.

        Reinerio Rodríguez Corría

        págs. 298-309

        Artículo
      • Artículo 61.-: Los actos jurídicos realizados por un representante que carece de facultades legalmente conferidas se rigen por las disposiciones que regulan la gestión de negocios sin mandato

        Reinerio Rodríguez Corría

        págs. 310-322

        Artículo
      • Artículo 62.-: Los trabajadores de una entidad dedicada a la compara y venta de bienes o a la prestación de servicios, que laboren en relación directa con el público, se consideran representantes...

        Reinerio Rodríguez Corría

        págs. 323-329

        Artículo
      • Artículo 63.-: Es simultáneamente, en nombre propio y de su representado o de dos o más partes.

        Reinerio Rodríguez Corría

        págs. 330-343

        Artículo
      • Artículo 64.-: A las relaciones entre el representado y el representante les son aplicables, en lo pertinente, las disposiciones sobre el contrato de mandato, cuando la representación es voluntaria.

        Montserrat Pereña Vicente

        págs. 344-354

        Artículo
      • Artículo 65.-: La representación legal se extingue por la terminación de la relación jurídica que lo originó y además, por las causas previstas en la legislación que la establece.

        Leonardo B. Pérez Gallardo

        págs. 355-360

        Artículo
      • Artículo 66.-: Mientras no llegue al conocimiento del representante la extinción de sus facultades, los actos realizados por él obligan al representando o a sus causahabientes..

        Leonardo B. Pérez Gallardo

        págs. 361-367

        Artículo
    • Sección Quinta: Ineficacia de los actos jurídicos

      • Artículo 67.-: Son nulos los actos jurídicos realizados: a) En contra de los intereses de la sociedad o el Estado. b) Por personas que no puedan ejercer su capacidad jurídica c) Con violencia física ch) En contra de la probibición legal....

        Teresa Delgado Vergara

        págs. 368-369

        Artículo
      • Artículo 68.-: El acto jurídico nulo no puede ser convalidado y es impugnable en todo momento por parte interesada o por el fiscal.

        Teresa Delgado Vergara

        págs. 369-397

        Artículo
      • Artículo 69.-: Son anulables los actos jurídicos en los que la manifestación de voluntad está viciada por error, fraude o amenaza.

        Daimar Cánovas González

        págs. 398-420

        Artículo
      • Artículo 70.-: Existe error si: a) Los términos de la manifestación de voluntad no responden a la verdadera intención del manifestante

        Daimar Cánovas González

        págs. 420-440

        Artículo
      • Artículo 71.-: Existe fraude, si una parte infunde una falsa creencia a la otra a la confirma en ella, a fin de que emita una manifestación de voluntad que en otras circunstancias no habría hecho.

        Yanet Alfaro Guillén

        págs. 441-451

        Artículo
      • Artículo 72.-: Existe amenaza si el manifestante obra bajo los efectos del temor provocado por medio del anuncio de un mal contra la vida, el honor o los bienes de él o de un tercero.

        Beatriz Triana López

        págs. 452-461

        Artículo
      • Artículo 73.-: El error, el fraude y la amenaza solo son determinantes de la anulación del acto jurídico si influyeron decisivamente en su realización.

        Beatriz Triana López

        págs. 462-467

        Artículo
      • Artículo 74.-: El acto anulable surte sus efectos mientras no sea anulado a instancia de parte interesada.

        Daimar Cánovas González

        págs. 468-475

        Artículo
      • Artículo 75.-: 1.- Si el acto nulo o anulado se hubiera ejecutado en todo o en parte, procede la restitución de lo prestado, de no ser posible esto, el abono de su valor

        Loypa Rodríguez Aponte

        págs. 476-493

        Artículo
    • Sección Sexta: Rescisión

      • Artículo 76.-: Son rescindibles los actos realizados válidamente: a) Por los tutores sin autorización judicial, siempre que las personas a quienes representan hayan sufrido lesión en más de la cuarta parte del valor de sus bienes...

        Nancy de la C. Ojeda Rodríguez

        págs. 494-516

        Artículo
      • Artículo 77.-: Son también rescindibles los pagos hechos en estado de insolvencia por obligaciones a cuyo cumplimiento no podía ser compelido el deudor al tiempo de hacerlos

        Nancy de la C. Ojeda Rodríguez

        págs. 494-516

        Artículo
      • Artículo 78.-: La acción o rescisión es subsidiaria y no podrá ejercerse sino cuando el perjudicado carezca de otro recurso legal para obtener la reparación del perjuicio.

        Nancy de la C. Ojeda Rodríguez

        págs. 517-524

        Artículo
      • Artículo 79.-: La rescisión obliga a la devolución de los bienes que fueron objeto del acto con sus frutos, y del precio con sus intereses, y solo procede si el que la solicita puede devolver aquello a que por su parte está obligado.

        Nancy de la C. Ojeda Rodríguez

        págs. 525-531

        Artículo
      • Artículo 80.-: Procederá también la rescisión de toda obligación cuando circunstancias posteriores, extraordinarias e imprevisibles al momento de su constitución , lo hagan tan onerosa para el deudor que pueda presumirse...

        César Carranza Álvarez

        págs. 532-547

        Artículo

Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno