La memoria adopta cinco cuestiones como centrales:
1,- Los objetivos que Estado y confesiones se fijan en los acuerdos.
2,- Los principios que presiden los acuerdos del Estado con las confesiones.
3,- Las técnicas jurídicas de conexión que en los acuerdos facilitan la relación entre el ordenamiento estatal y los confesionales.
4,- Las consecuencias que derivan de los acuerdos para el ejercicio individual y colectivo de las creencias.
5,- La relación entre acuerdos con confesiones religiosas y el Derecho estatal común general, especial y singular de libertad de conciencia.
Sobre esa base, a lo largo de seis capítulos es analizado el concordato en España como instrumento para la resolución de la dialéctia Estado - Iglesia y, más concretamente, como instrumento para la óptima distribución del poder económico y político entre las clases que dominan los resortes del Estado y aquellas que dominan los resortes de la Iglesia romana.
El capítulo I, viene dedicado a las bases históricas del comienzo piramidal del principio de utilidad en las relaciones Estado-Iglesia, estudiando el proceso que da lugar al Memorial de Chumacero y Pimentel a la Concordia Facchinetti.
El capítulo II, a un proceso concordatorio, el del siglo XVIII, que establece la base piramidal en la concordia entre las dos instituciones, Estado e Iglesia, estudiándose el Convenio de 1717, el Tratado de 1737 y la Concordia de 1753.
El capítulo III, al sistema concordatorio de defensa desenvuelto durante el S.XIX (Concordato de 1851 y Convenio de 1859) y sus implicaciones para el avance de la Ilustración, la secularización, la tolerancia y el reconocimiento de los derechos individuales relacionados con la libertad de conciencia.
El capitulo IV al sistema concordatorio en el régimen franquista (Convenio de 1941; Convenio de 16 de julio de 1946; Convento de 8 de diciembre de 1946; Convenio de 1950; Concordato de 1953; Convenio de 1962).
En el
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados