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La coligación de contratos: régimen y estudio de dos ejemplos

  • Autores: Ricardo del Estal Sastre
  • Directores de la Tesis: Ángel Carrasco Perera (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Castilla-La Mancha ( España ) en 2012
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Encarna Cordero Lobato (presid.), María del Pilar Cámara Águila (secret.), Nazareth Pérez de Castro (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Tesis Doctoral trata de determinar cuáles son los presupuestos y las reglas que disciplinan las estructuras contractuales, más o menos complejas, en las que varios contratos se encuentran interrelacionados entre sí. La conexión contractual puede obedecer a diversas causas: bien porque así lo determine la ley, bien porque la naturaleza de los propios pactos exija la conexión, o bien porque las mismas partes han querido -y así lo han manifestado expresamente- que en una misma operación jurídico-económica varios contratos, aun pudiendo operar de modo absolutamente independiente, se encuentren vinculados para conseguir de ese modo un resultado que no se podría alcanzar de no ser por la existencia de dicha conexión.

      A la vista de dichas circunstancias, el objetivo perseguido por la investigación es la elucidación de cuáles deben ser las consecuencias de la existencia de una patología negocial de uno de los contratos (nulidad, anulabilidad, rescisión, resolución, desistimiento) sobre los demás, para lo que se hace necesaria una disección de diversos casos en los que se ha comprobado la concurrencia de los presupuestos que dan cuenta de la heterogeneidad propia de la conexión. Los límites que deben presidir toda investigación en el campo jurídico han obligado a acotar el objeto de estudio, focalizando la atención fundamentalmente sobre dos supuestos concretos que han dado lugar a un desarrollo jurisprudencial lo suficientemente amplio como para extraer conclusiones interesantes para el operador jurídico.

      La investigación consta de dos partes. En la primera, estructurada en cuatro capítulos, se ha tratado de exponer una panorámica de las aportaciones extranjeras, italianas y francesas, más representativas en materia de conexión contractual, teniendo presente que la cuestión ha sido abordada, no de modo exclusivo, pero sí más intenso, por la doctrina procedente de dichos ordenamientos jurídicos desde hace ya cierto tiempo. Así mismo, han sido analizadas las contribuciones al análisis del fenómeno de los contratos conexos elaboradas por la doctrina española, donde el tratamiento general o conjunto del problema es más bien escaso y, salvo alguna excepción, las aportaciones doctrinales se encuentran dispersas entre los estudios que abordan tangencialmente el fenómeno y los tratados, manuales y obras generales que lo contemplan de un modo fragmentario y descriptivo. A partir del concepto de atipicidad, se comprueba cómo pueden producirse divergencias entre la concreta relación contractual diseñada por las partes y los tipos preestablecidos en la ley que se manifiestan de diferentes modos, de tal modo que aquéllas, al objeto de conseguir los fines propuestos, mezclan, intercambian o modulan diferentes contratos típicos en la misma relación contractual (contratos mixtos, contratos complejos y contratos coligados). La Tesis presta una especial dedicación a diversos supuestos que, sin pretender agotar todas las posibles hipótesis de conexión contractual, constituyen una tipología de casos en los que adquiere verdadera relevancia el vínculo contractual, con la intención de construir una clasificación mínimamente coherente de aquéllos y de determinar cuáles son las diferentes fórmulas que adopta la coligación contractual.

      En la segunda parte, dividida en dos capítulos, la Tesis se centra en sendos ejemplos concretos, netamente representativos del fenómeno de la coligación contractual: las relaciones complejas en el marco de la actividad de distribución de productos petrolíferos y el régimen de los recientes contratos complementarios resultantes de la adaptación de nuestro Derecho a las normas comunitarias sobre crédito al consumo. Ambos supuestos responden a un intenso desarrollo jurisprudencial en las últimas décadas en España. En el primero de ellos, se expone cómo el Tribunal Supremo reconoce la coligación contractual en los conflictos planteados por los contratos de superficie-arrendamiento-abanderamiento de estaciones de servicio, si bien las sentencias tienen mucho cuidado de no extraer conclusiones que beneficien a la parte incumplidora de sus obligaciones. En el segundo, se constata cómo la propagación de la ineficacia del contrato de consumo al de crédito sólo tiene lugar cuando los dos contratos están vinculados, es decir, cuando exista una conexión funcional entre ambos: una vez producida la ineficacia del contrato de consumo (por desistimiento, nulidad, resolución del contrato por incumplimiento del proveedor, etc.), desaparece sobrevenidamente la causa del contrato de crédito, razón por la cual el consumidor queda autorizado para resolver el contrato de préstamo.


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