La carrera horizontal constituye �junto a la evaluación del desempeño� la gran novedad de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público. Aunque las Administraciones parlamentarias no están vinculadas por la legislación básica de función pública, esta nueva modalidad de carrera puede ser una oportunidad para que garanticen el derecho a la carrera de sus funcionarios, pues al progresar de categoría subjetiva sin cambiar de puesto de trabajo, se adapta a las necesidades de organizaciones burocráticas de reducidas dimensiones y de estructura horizontal.
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