La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tipifica el incumplimiento de la obligación de disponer de un plan de igualdad por parte de empresas como una causa de prohibición de contratar. Siguen existiendo dudas interpretativas en torno a si la prohibición de contratar se limita a aquellas empresas que no tienen un plan de igualdad aprobado pese a estar obligadas o también a aquellas empresas que, pese a tenerlo, no lo han inscrito en el registro correspondiente.
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