La Sociedad Agraria de Transformación y la Cooperativa agraria se incluyen dentro de la categoría de empresas agrarias asociativas, que gozan de personalidad jurídica independiente de la de sus socios, que se dedican a la actividad agraria y se consideran fundamentales para el desarrollo del asociacionismo agrario. Además, son las fórmulas asociativas de las que se ha hecho uso el sector agrario. En el presente artículo una vez se han puesto de manifiesto unas consideraciones previas sobre la empresa agraria, se realizará un análisis legislativo de la Sociedad Agraria de Transformación y la Cooperativa agraria, desgranando las principales diferencias entre ambas sociedades relativas a el objeto social, la constitución, la forma jurídica, los límites de los socios, el reparto de beneficios y los órganos de gestión entre otros.
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