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La responsabilidad en el pago de las pensiones de las falsas cooperativas de trabajo asociado. Comentario a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 22 junio de 2021 (rec. núm. 801/2021)

  • Autores: Manuel Alegre Nueno
  • Localización: CIRIEC - España. Revista jurídica de economía social y cooperativa, ISSN 1577-4430, Nº. 39, 2021, págs. 395-406
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La sentencia objeto del presente comentario resuelve el recurso de suplicación interpuesto por una trabajadora frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social que estimó parcialmente su demanda en la que reclamaba el reconocimiento de una base reguladora de la pensión de jubilación superior a la reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la condena al pago de la misma.Las cuestiones objeto de análisis y resolución en la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, son dos: los efectos que la constitución de las “falsas cooperativas” tienen en el encuadramiento de sus socios trabajadores en el sistema de Seguridad Social y la responsabilidad empresarial en materia de prestaciones como consecuencia del incumplimiento de los actos de encuadramiento y de la obligación de cotizar.


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