José Domingo Monforte, Carlos Peñalosa Torné
Se aborda la tipicidad penal del dolo eventual en el delito de estafa en supuestos en que una de las partes, actuando con ánimo de lucro, induce a la otra a la realización de un acto de desplazamiento patrimonial, silenciando intencionadamente elementos o circunstancias de solvencia o riesgo sustanciales o determinantes que afectan al negocio jurídico, representándose mentalmente el riego y la alta posibilidad del incumplimiento de la obligación y el quebranto patrimonial capaz de causar en patrimonio ajeno, a pesar de que la producción del daño patrimonial no sea el propósito o intención principal.
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