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Cuando los ingresos no son lo que eran: ante el incumplimiento en el pago de pensiones.

  • Autores: José María Quilez Moreno, Carla de Paredes Gallardo
  • Localización: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil, ISSN 1697-7068, Nº. 108, 2014
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El presente artículo pretende poner de manifiesto los efectos que el nuevo escenario de la crisis económica está dejando en el Derecho de familia, en concreto, ante los supuestos de que el obligado al pago de las pensiones, compensatoria y de alimentos, incumpla lo acordado o resuelto por el juez, o los supuestos de modificación de medidas ante las bajadas de sueldo y en relación al art. 146 del CC, que viene a establecer que la cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da.

      Son situaciones difíciles a las que nuestros tribunales se han tenido que enfrentar en estos últimos meses como consecuencia, en muchos casos, de situaciones comprometidas que han deteriorado vínculos, antaño estables, de convivencia familiar, donde surgen problemas como consecuencia de despidos o reducciones de salarios que, o bien inciden directamente en esas modificaciones de la cuantía de las pensiones, o bien provocan directamente el conflicto matrimonial y, finalmente, la necesidad de acometer la imposición de esas pensiones, con los problemas que ello conlleva para ambas partes, tanto quien debe satisfacer la pensión, como aquél o aquélla que debe percibirla acuciada no sólo por el hecho el desequilibrio económico, sino porque quien debe satisfacerla ha perdido el poder adquisitivo del que disfrutaba en mejores tiempos.

      Además debemos recordar que, por desgracia, las tensiones que en ocasiones se viven ante este tipo de situaciones, han llegado a provocar episodios de violencia de género de tristes consecuencias.

    • English

      The present article aims to highlight the effects that the new stage of the economic crisis is leaving in family law, specifically, to the assumptions that the obligor of pensions, compensatory and maintenance, breach agreed or determined by the judge, or the alleged modification measures to decreases in salary and in relation to Article 146 of the CC, next to establish that the amount of food will be provided to media flow or the giver.

      These are difficult situations that our courts have faced in recent months as a result, in many cases, of tough situations that have deteriorated ties, stable yore, family life, where problems arise as a result of layoffs and wage cuts that either directly affect these changes in the level of pensions or directly cause marital conflict and finally the need to undertake the imposition of these pensions, with the problems that entails for both parties, who must meet the pension, as has man or woman who should perceive beset not only by the fact the economic imbalance, but because who should satisfy lost purchasing power enjoyed in better times.

      We must also remember that, unfortunately, the tensions that sometimes live in this type of situation have even led to episodes of violence with sad consequences.


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