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La traducción del árabe al español y el exequátur en materia de divorcio

    1. [1] Universidad Autónoma de Madrid

      Universidad Autónoma de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Anaquel de estudios árabes, ISSN 1130-3964, Nº 30, 2019, págs. 183-209
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The translation from Arabic into Spanish and the exequatur on divorce
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El objetivo de la presente investigación es explorar la tipología de los divorcios en el derecho de varios países musulmanes y la problemática de su traducción al español. El corpus analizado corresponde a textos legales y judiciales procedentes de textos jurídicos árabes, especialmente de Marruecos.

      Se trata de textos concretos en los cuales se multiplican los términos para designar lo que en español se conoce como divorcio sin más. Esta multiplicación árabe de términos relativos al divorcio descansa sobre una conceptualización específica del mismo y de las implicaciones particulares de cada caso de ellos. Las asimetrías con respecto al derecho civil español son evidentes. Ello obliga al traductor, muy a menudo, a emprender una labor didáctica sobre conceptos y principios que trascienden su pericia conceptual y terminológica para trasvasar un texto jurídico de una lengua a otra. El calado cultural y tradicional es determinante, como es común en derecho, de estas especificaciones.

    • English

      The objective of this investigation is to explore the typology of divorce in the laws of various Muslim countries and the difficulties of their translation to Spanish. The corpus we analyze corresponds to legal and judicial texts drawn from Arabic judicial texts, especially those of Morocco. These are concrete texts in which appear multiple terms to refer to what in Spanish is referred to simply as divorce. This multitude of Arabic terms is based on a specific conceptualization of divorce and the particular implications of each instance of these terms. The asymetries with respect to Spanish civil law are obvious. This frequently obliges the translator to undetake an educational task concerning concepts and principles that transcend his conceptual and terminological skill to translate a legal text from one language to another. The cultural and traditional importance depends, as is usual in law, on these specifications.


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