La entrada en vigor de la Ley de contratos de crédito inmobiliario a partir del 16 de junio del presente año plantea una serie de cuestiones relacionadas con su aplicación en el tiempo. Además de la vacatio legis, uno de los temas más relevantes es su eficacia retroactiva en algunas materias concretas. Esta Ley contiene algunas normas propiamente transitorias. Y, por último, la derogación formal y material que por norma general prevé cualquier ley.
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