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El derecho internacional, los ods y la lucha contra el crimen transnacional.

  • Autores: Juan Manuel Rodríguez Barrigón
  • Localización: Objetivos de desarrollo sostenible y Derechos Humanos: paz, justicia e instituciones sólidas. Derechos Humanos y empresas / coord. por Diana Marcela Verdiales López; Cástor M. Díaz Barrado (dir.), Carlos R. Fernández Liesa (dir.), 2018, ISBN 978-84-697-9116-5, págs. 193-216
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La noción “desarrollo sostenible” ha adoptado en nuestros días una complejidad destacable, completada con unos objetivos especificados en la Agenda 2030. Entre ellos, el Objetivo 16 contempla la introducción de nuevas materias en asociación con el desarrollo sostenible, destacando algunas que tradicionalmente han estado vinculadas a la seguridad internacional y de los Estados. La lucha contra la delincuencia organizada transnacional se contiene entre las metas, lo que aporta a este sector de regulación una dimensión ampliada. En el orden jurídico internacional se han dispuesto normas destinadas a organizar la cooperación entre los Estados, ya sea en el ámbito universal o regional, que han contribuido a identificar la relevancia de esta materia para la comunidad internacional. Sin embargo, la realidad de una creciente actividad de grupos organizados bajo estas formas de criminalidad pone de relieve algunas dificultades e insuficiencias no sólo de los modelos normativos adoptados, sino también de las limitaciones en los consensos para combatir sus actividades. La inserción de este objetivo en el desarrollo sostenible es importante, a pesar de las limitadas consecuencias jurídicas que lleva consigo, en la medida en que podrá contribuir a que confluyan las voluntades de los sujetos y actores implicados en el establecimiento de sociedades con una más limitada influencia de estos grupos criminales.

    • English

      The notion of “sustainable development” has adopted today a remarkable complexity, completed with objectives specified in the Agenda 2030. Among them, the Objective 16 includes the adoption of new subjects in partnership with sustainable development, highlighting some that have traditionally been linked to international and state security, it contributes to that sector of regulation an expanded dimension. In the international legal order standars to organize cooperation between states have been arranged, whether universal or regional –which have helped to identify the importance of this matter for the international community. However, the reality of a growing activity of groups organized under these forms of criminality highlights some of the difficulties and inadequacies not only adopted models, but also of the limitations in the consensus for combating their activities. The inclusion of this objective on sustainable development is important, despite the limited legal consequences that entails, in so far as it may contribute to the joining of subjects and actors involves in the establishment of societies with more a more limited influence of these criminal groups.


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