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Red ferroviaria y transportes ferroviarios. Su carácter sistémico y la necesaria coordinación entre Administraciones Territoriales

  • Autores: José Antonio Magdalena Anda
  • Localización: Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica: Nueva Época, ISSN-e 1989-8975, Nº. 5, 2016, págs. 56-70
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Rail network and rail transports. Their systemic nature and required coordination between Territorial Administrations
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El carácter sistémico del ferrocarril es consustancial a tan importante modo de transporte, pero no ha sido siempre bien comprendido. La noción de red es conocida por la Economía del Transporte y supone considerar ciertos principios y características de las redes que explican las particularidades de las industrias en red, incluido el ferrocarril. En el ámbito del Derecho, se parte de una previsión constitucional ajena a la realidad ferroviaria. Luego se han desarrollado categorías jurídicas específicas, como las infraestructuras en red, pero dichas construcciones dogmáticas parten de una equiparación entre infraestructura y red que se estima inadecuada o reduccionista. Finalmente, el concepto de red ha sido asumido por el Tribunal Constitucional como elemento funcional que permite delimitar las competencias sobre el ferrocarril, superando criterios formalistas alejados de la realidad. Se concluye que cualquier política sectorial o análisis jurídico del ferrocarril debe tomar en consideración su condición sistémica

    • English

      Systemic nature of railways is of essence but it has not always been properly understood. Network concept is well known for Transport Economics, it implies certain networks principles and characteristics showing the mechanics of network industries, such as railways. As far a Law is concerned, there is an inadequate constitutional regulation. Later on a specific legal category has been produced, network infrastructures, but it is based in the equivalence between infrastructures and networks, which it is deemed inadequate and reductionist. Finally, the network concept has been assumed by the Constitutional Court, as a functional element to narrow the powers on railways, overcoming any formalist criteria divorced for the reality. In conclusion any sectoral policy or legal analysis of railways must take into consideration their systemic nature.


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