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Despido disciplinario, caducidad de la acción: la excepción de caducidad alegada por primera vez en el recurso de suplicación es apreciable en determinadas circunstancias

  • Autores: Manuel Iglesias Cabero
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8048, 2013
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La trabajadora presentó demanda impugnando el despido; al acto de juicio no comparecieron las empresas demandadas, pese a estar debidamente citadas. El Juzgado de lo Social dictó sentencia declarando la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral, con efectos de la sentencia, condenando solidariamente a las empresas demandadas a que abonen a la actora la cantidad de 551,25 euros en concepto de indemnización y de 4.695,83 euros como salarios de tramitación. El recurso de suplicación interpuesto por las empresas demandadas fue estimado; la Sala de lo Social revocó la sentencia de instancia y, apreciando la excepción de caducidad de la acción, desestimó la demanda. El TS desestimó el recurso de casación unificadora.


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