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Contratos bancarios: la responsabilidad de Caja Madrid por el caso Gescartera: una decisión salomónica

  • Autores: Blanca Lozano Cutanda
  • Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo, ISSN-e 2254-2582, Nº. 1, 2012 (Ejemplar dedicado a: Impacto de la nueva directiva 2011/83 sobre el vigente Derecho de Consumo), págs. 128-129
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El Auto de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, de 9 de enero de 2012, ha fijado la cuantía concreta de la indemnización que le corresponde pagar a Caja Madrid como responsable civil subsidiario por el fraude de Gescartera (un total, entre principal e intereses, de 15,89 millones de euros).

      Se trata de una decisión que puede calificarse de salomónica porque (siguiendo el criterio marcado por el TS), si bien la cuantía indemnizatoria se limita en función de las inversiones que accedieron a la operativa de Caja Madrid, la cantidad que abone la entidad no irá a estos inversores sino que se repartirá de forma proporcional entre todos los perjudicados de Gescartera.


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