El presente artículo analiza las principales obligaciones del cargador conforme a la LCTTM. En primer lugar, el cargador está obligado a entregar las mercancías al porteador en el lugar y en el momento acordados. En segundo lugar, el cargador debe, en principio, entregar las mercancías acondicionadas para su transporte. Además, si se trata de mercancías peligrosas, el cargador debe informar al cargador de su carácter y de las precauciones que deben adoptarse. En tercer lugar, el cargador también tiene que facilitar al porteador la información y la documentación necesaria para realizar el transporte de las mercancías. Finalmente, si el medio de transporte permanece inmovilizado sin que la causa sea imputable al porteador, el cargador deberá responder por los perjuicios ocasionados por dicha inmovilización.
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