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Utilidad pública y democracia de proximidad

  • Autores: René Hostiou
  • Localización: Ciudad y territorio: Estudios territoriales, ISSN-e 2659-3254, ISSN 1133-4762, Nº 143, 2005, págs. 61-72
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El recurso al procedimiento de expropiación está subordinado a la existencia de una causado utilidad pública, condición tradicionalmente considerada como la única con naturaleza para autorizar a los poderes públicos a atentar contra la propiedad privada inmobiliaria, dado el carácter "inviolable y sagrado" de este derecho. Consideramos, tradicionalmente también, que es a las autoridades del Estado, y sólo a ellas, a las que compete establecer y, cuando proceda, justificar te el juez administrativo el fundamento de esta causa. Las disposiciones de la ley "Democracia de proximidad [Démocratie de proximité] de 27 de febrero de 2002 no ponen, en ningún caso, en entredicho estos datos. Contribuyen no obstante a modificar las modalidades de definición de la noción de utilidad pública. Por una parte, la potenciación de los imperativos de defensa del medio ambiente ha llevado a un reconocimiento explicito del principio de participación pública y a una ampliación de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional del Debate Público, que van, sin duda alguna, en el sentido de una mayor transparencia del debate democrático, esto es de las decisiones que haya que adoptar en materia de ordenación. Por otra parte, la voluntad de los cargos electos locales de controlar un procedimiento que continúa escapándoseles de las manos, en gran medida, consiguió la instauración del nuevo procedimiento de la declaración de proyecto así como una serie de modificaciones que afectan a la declaración de utilidad pública, cuyo alcance tanto en un caso como en el otro, continúa, no obstante, limitado


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