Ambato, Ecuador
El artículo examina el principio del interés superior del niño en el marco jurídico ecuatoriano y desde el derecho comparado, abordando su triple dimensión según la Observación General N.º 14 del Comité de los Derechos del Niño: como derecho sustantivo, que otorga a niñas, niños y adolescentes el derecho a que su interés sea una consideración primordial en toda decisión que los afecte y que puede ser invocado ante tribunales; como principio jurídico interpretativo, que exige a los operadores jurídicos elegir la interpretación normativa más favorable para los derechos del menor en caso de ambigüedad; y como norma de procedimiento, que impone la obligación de motivar y justificar explícitamente cómo se ponderó el interés superior en cada caso concreto, tanto en instancias administrativas como judiciales. A través del análisis de la legislación ecuatoriana, lineamientos internacionales y jurisprudencia relevante, el trabajo resalta los desafíos prácticos en la aplicación real y efectiva de este principio, insistiendo en la necesidad de evitar su uso meramente formal y de delimitar criterios claros que garanticen el respeto y la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes en cada decisión adoptada por autoridades y operadores de justicia.
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