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La evolución de la protección de las minorías nacionales: la autonomía como contenido emergente del derecho a la participación política de las minorías nacionales

  • Autores: Eloísa González Hidalgo
  • Directores de la Tesis: Eduardo Javier Ruiz Vieytez (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Carlos III de Madrid ( España ) en 2011
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Javier de Lucas Martín (presid.), Carlos R. Fernández Liesa (secret.), Felipe Gómez Isa (voc.), Miguel Revenga Sánchez (voc.), Francesco Palermo (voc.)
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  • Resumen
    • La evolución de la protección de las minorías nacionales: la autonomía como contenido emergente del derecho a la participación política de las minorías nacionales Resumen La investigación parte de la hipotesis principal que sostiene que dentro del contexto europeo se ha venido forjando una serie de estándadres mínimos destinados a la protección de las personas pertencientes a minorías nacionales, entre los que encontramos la autonomía como una de las dimensiones incluidas en el derecho a la participación efectiva. Se pretende demostrar que existe una obligación de los Estados en ofrecer un tipo de autonomía a las minorías nacionales sobre la base de situaciones particulares. Y ello, a la luz de los principios y valores que sostienen las instituciones europeas: la legitimidad democrática, el Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y la democracia representativa. Para el desarrollo de este trabajo, se tuvo la necesidad de definir tanto el concepto de minoría nacional como la noción de autonomía, debido a que ambos conceptos no cuentan con una definición universalmente aceptada en el ordenamiento internacional. En este sentido, la disertación nos dirigió a revisar, por una lado, la evolución histórica de ambas nociones, y por otro, a buscar elementos en otras disciplinas como en la Ciencia Política, en la Filosofía Política, en el Derecho Comparado y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Esta investigación se desarrolla en tres capítulos. En el primero se formula un análisis terminológico-conceptual que aborda el significado de la noción de minoría nacional que concluye en la exposición de cinco criterios que elimitan dicho término, y al mismo tiempo es de uilidad para establecer diferencias con los conceptos de pueblo y pueblo indígena. Sobre la base de la definición de minoría nacional propuesta, en el segundo capítulo, se establece una relación entre estos grupos y la autonomía como una vía para incluir a estas colectividades en el desarrollo de un sistema político democrático e incluyente. De esta modo, se propone una definición y una taxonomía de autonomía fundamentada en la Filosofía y en la Ciencia Política. De igual manera, en este capítulo se ofrece una perspectiva consitucional acerca de la práctica de la autonomía desde el Derecho comparado, al exponer como ejemplo cinco casos de sistemas políticos que recurren a diferentes grados de autonomía para gestionar la pluralidad étnico-cultural de su población. Estos casos son: la relación de la provincia de Québec con la Federación d Canadá; las Islas Aaland en el Estado de Finladia; la isla de Córcega en el Estado francés; la autonomía local praticada en el Estado húngaro y, por último, el sistema noruego con respecto al pueblo sami. La variedad de acomodos reflejada en estos cinco casos no solo manifiesta la pluralidad de situaciones políticas en las que las minorías nacionales pueden encontrarse en los Estados del entorno occidental, sino deja ver la flexibilidad que la idea de autonomía incorpora en el tratamiento público de la diversidad etnico-cultural de la población de un Estado. En el tercer y último capítulo, se expone a partir de hard law y del llamado soft law la evolución del derecho a la participación de las personas pertenecientes a minorías nacionales. Desde el hard law se analizan tres convenios elaborados en el ámbito del Consejo de Europa: la Carta Europea de Autonomía Local de 1985, la Carta Europea de Lenguas regionales y Minoritarias de 1992 y el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales de 1995. De igual modo, se señala el papel del Comité Consultivo del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacioanles con respecto a su análisis de los informes estatales elaborados por los Estados en virtud del cumplimento de las obligaciones adquiridas y haciendo incapie en el artículo 15 del mismo convenio, destinado a generar la participación efectiva de las personas pertencientes a minorías nacionales en los Estados parte. Desde el soft law, se estudian los mecanismos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa relacionados con la problemática de las minorías nacionales que hacen alguna alusión sobre autonomía. A partir de este análisis se enfatiza la inclusión de la autonomía dentro de los estándares de protección relacionados a la participación efectiva. Esta afirmación se desarrolla sobre la base de tres tipos de argumentos, doctrinales, normativos y de práctica política.


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