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Governança global e justiça ambiental face aos desafios da mudança climática planetária

  • Autores: Charles Alexandre Souza Armada
  • Directores de la Tesis: Gabriel Real Ferrer (dir. tes.), Ricardo Stanziola Vieira (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante ( España ) en 2016
  • Idioma: portugués
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Ricardo Stanziola Vieira (presid.), Gabriel Real Ferrer (secret.), Gustavo Ferreira Santos (voc.), Rogério Silva Portanova (voc.), Maria Cláudia da Silva Antunes de Souza (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad de Alicante
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: RUA
  • Resumen
    • El objetivo científico es presentar un estudio sobre la gestión ambiental para el cambio climático mundial, buscando demostrar que la falta de eficacia de sus acciones compromete su alineación con los preceptos de Justicia Ambiental y de Justicia Climatica. El informe final del trabajo está dividido en 4 (cuatro) capítulos. En las tres primeras partes están agrupados los asuntos que dan soporte teórico al tema principal que se ha indicado anteriormente, habiendo sido desarrollado el objeto fundamental de la Tesis en el último capítulo. El primer capítulo, denominado como “Sociedad del Riesgo y Globalización”, fue construido con cuatro subdivisiones. La primera parte (tópico 1.1) destaca las característica actuales de la sociedad contemporánea de modo a permitir su denominación como Sociedad del Riesgo. Fueron trazados los aspectos característicos de la Sociedad del Riesgo y este abordaje resumido tiene como objetivo examinar las dificultades de medición y de tratamiento de los riesgos que la Sociedad del Riesgo impone a la sociedad contemporánea. El examen de la Sociedad del Riesgo contempla las búsquedas de estudiosos como Raffaele De Giorgi, Anthony Giddens y José Rubens Morato Leite entre otros. A continuación (tópico 1.2) se analiza el proceso de globalización que agrava los efectos de la Sociedad del Riesgo y actúa como productor de algunas de las crisis planetarias. Inicialmente, en el tópico 1.2.1, es presentado el concepto de la Globalización para, en seguida, discutir la actuación concomitante de diversas globalizaciones en el tópico 1.2.2. De este modo, como propuesta no exhaustiva, es discutida la actuación de una globalización de los medios de producción, una globalización cultural, una globalización económica, financiera y política. Este tópico es finalizado con una reflexión con respecto al carácter paradoxal de la globalización una vez que, al mismo tiempo en que permite el fortalecimiento de crises globales, también determina nuevos espacios de discusión y, a través de las técnicas asociadas a la velocidad de la información, el compromiso de nuevos actores en los fórums internacionales. En la secuencia, las dimensiones de la globalización (La Economía Capitalista Mundial, El Sistema de Estados-Nación, El Orden Militar Mundial y La División Internacional del Trabajo) fueron examinadas, cada una de ellas de manera apartada en los tópicos 1.2.3.1, 1.2.3.2, 1.2.3.3 e 1.2.3.4, respectivamente. El examen de la globalización contempla las búsquedas de estudiosos como José Maria Gómez, François Chesnais, Alexandre Mussoi Moreira, Göran Therborn, José Eduardo Faria, Pablo González Casanova y Anthony Giddens entre otros. Después del examen de la Sociedad del Riesgo y de la globalización, necesario para que se rectifique en la presente búsqueda, el trabajo se condujo, aún en el Capítulo 1, tópico 1.3, hacia el estudio acerca del análisis de algunas crisis globales. De este modo, se definen y caracterizan algunas cuestiones globales con énfasis en la crisis ambiental. Como resultado directo de la acción humana, la degradación del medio ambiente ha tomado proporciones planetarias y, al mismo tiempo, establecen un elemento de la ecuación difícil por la Sociedad del Riesgo contemporánea. Puede decirse que el aumento de agresiones al medio ambiente evolucionó a lo largo del siglo XX. De violentas agresiones locales, el espectro se amplió hacia importantes agresiones regionales, llegando, finalmente, a las agresiones al ecosistema del planeta, como el cambio climático, la crisis de biodiversidad, la crisis de recursos hídricos, la degradación de los océanos y la destrucción de la capa de ozono. En este momento de la tesis, se anticipa la discusión sobre los principales aspectos que orientaran la construcción del capítulo 2, o sea, la actuación antropogénica en el medio ambiente que permite producir alteraciones en la dinámica climática planetaria. El tópico 1.4 pretendió analizar la relación que el consumo exacerbado mantiene con la sociedad contemporánea y, en adición, de que manera esa característica es potencializada por el proceso de globalización. El estudio desarrollado a propósito de este asunto señaló en las líneas iniciales algunas consideraciones acerca de la categoría “Sociedad de Consumo” y discute la degradación ambiental como soporte de esta categoría, a pesar de los riesgos que los actuales niveles de consumo determinan para la continuidad de la vida en el planeta. Conforme Jared Diamond, en su obra Collapse, How Societies Choose to Fail or Succeed, existen cinco puntos de posibles factores contribuyentes para comprender cualquier colapso ambiental. Cuatro de los conjuntos de factores, compuesto por daños ambientales, cambios climáticos, vecinos hostiles y socios comerciales amigables, pueden o no ser significativos para el colapso ambiental en una determinada Sociedad. El quinto conjunto de factores, representado por las respuestas dadas por las sociedades para sus problemas ambientales, de acuerdo con el autor, es siempre significativo o determinante para la configuración del colapso civilizacional . El Segundo Capítulo, “La Nueva Realidad Global del Cambio Climático”, consta de cinco secciones que incluyen, por su parte, la etapa actual de la crisis ambiental global personificada por la intensificación del fenómeno del efecto estufa a través de las crecientes emisiones de gases que actúan en el calentamiento del planeta, y sus consecuencias. El estudio de este Capítulo se basa en las consideraciones iniciales (2.1), donde son hechas breves consideraciones acerca de la relación existente entre las demandas de la sociedad de consumo contemporánea y las emisiones de gases del efecto estufa en la atmosfera del planeta. En este tópico se destaca el hecho de la actual crisis ambiental ser global, segundo Landa, Ávila y Hernández: “La crisis ambiental es mundial, pero en cada país y región del planeta son diferentes los problemas y los procesos de deterioro de los recursos naturales”. En adición, además de ser global, es también una crisis civilizacional. En el tópico 2.1.1 se presenta la actuación de ciertos gases en la atmosfera que tienen la capacidad de intensificar el fenómeno de efecto estufa planetario. En seguida, en el tópico 2.1.2 , como consecuencia de ese proceso antrópico de liberación de gases de efecto estufa, es discutido el proceso de calentamiento del planeta basado, principalmente, en documentos y comunicados oficiales de organismos internacionales como, por ejemplo, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, en el acrónimo en inglés) y el National Oceanic and Atmospheric Administration. En la continuidad, el tema 2.2 trató de analizar los riesgos futuros y impactos ya observados resultantes del calentamiento global y del cambio climática. Sin pretensión exhaustiva, en este punto, el estudio pretende analizar las consecuencias que la nueva realidad global del cambio climático como consecuencia del proceso antropogénico del calentamiento global trae para las populaciones. Así, en este punto fueron reveladas algunas consecuencias ya observadas de los cambios climáticos como, por ejemplo, el aumento en los niveles de los océanos. Algunos pequeños países insulares ya sufren los impactos del cambio climático. La vulnerabilidad de esos micro-Estados, delante de las alteraciones climáticas, resulta de sus peculiaridades geográficas: son islas, con pequeño y estrecho territorio, baja altitud media y dependencia económica del medio ambiente marino. A decir verdad, para algunas áreas y populaciones vulnerables, ya es demasiado tarde para una respuesta jurídica significativa a los impactos de las alteraciones climáticas. Como ejemplo, de acuerdo con Abate, “[...] Locachara Island, en la parte Indiana de Sundarbans, fue la primera isla habitada en desaparecer por la elevación de los mares, dejando 10.000 habitantes sin vivienda. Asimismo, las islas deshabitadas de Kiribati, una nación en los atolones del Pacífico, y Suparibhanga, vecina de Lohachara, fueron perdidas [...]” . Además de los pequeños países insulares, existen también posibles impactos en zonas costeras. De acuerdo con la UN-HABITAT, 3351 ciudades en todo el mundo están localizadas en áreas bajas y litorales que pueden ser afectados por el creciente nivel de los mares. Otro ejemplo de impacto ya observado de los cambios climáticos se refieren a las ondas de calor. En agosto de 2015, dos ondas de calor consecutivas afectaron a Japón, causando 32 muertes y provocando que mas de 11.000 japoneses fueran atendidos de urgencia por síntomas causados pelas altas temperaturas. De acuerdo con informaciones de la Organización Meteorológica Mundial (OMM), la temperatura media de la superficie global en 2015 quebró todos los records registrados anteriormente, y con gran margen de diferencia. La revista científica Nature Climate Change alerta que si los efectos del calentamiento global continúan avanzando, los eventos extremos del clima pueden aumentar hasta 62 veces en los próximos años. El tópico 2.3 fue finalizado con una resumida incursión en el campo de los desastres, destacándose, entre otras cuestiones, la correlación existente entre el proceso en curso de cambio climático y el aumento en la incidencia de eventos climáticas extremos. Así, el tema 2.3.1 analizó los conceptos de desastres y de catástrofes de modo a permitir la diferenciación entre ambos. En la continuidad, el tema 2.3.2 trató de los diferentes tipos de desastres. En la secuencia, fueran evidenciados algunos de los principales conceptos en el ámbito de una modalidad específica de desastre, cual sea, en el ámbito de los desastres ambientales. En el tema 2.4 fue retratada la inserción de Brasil en la nueva realidad de los desastres ambientales con una análisis de la incidencia de desastres ambientales en la región Sul del país (en el tema 2.4.1), con una atención especial para la ciudad de Itajaí (en el tema 2.4.2), que contiene un histórico de 150 anos de exposición a desastres. Cabe a los tópicos siguientes (2.4.2.1 e 2.4.2.2) una visión detallada de dos tragedias ocurridas en la ciudad de Itajaí en los años de 2008 y 2011, respectivamente. El estudio fue finalizado con una resumida incursión en las respuestas gubernamentales de Itajaí para enfrentar este histórico de exposición a los desastres. Los desastres ambientales en la óptica de la Justicia Ambiental fueron debatidos en el sub-tema 2.5, del Capítulo 2. Después de las consideraciones iniciales, el tópico 2.5.1, trató del concepto de justicia ambiental. De forma preliminar, se explicó que justicia ambiental se refiere al “conjunto de principios que aseguran que ningún grupo de personas, sean grupos étnicos, raciales o de clase, soporte una parcela desproporcional de degradación del espacio colectivo” . En este sentido, ocurre injusticia ambiental siempre que hay “[...] desigual exposición al riesgo como resultado de una lógica que hace con que la acumulación de riqueza se realice teniendo como base la penalización ambiental de los mas desprovistos [....]” . Partiendo de las nociones preliminares insertadas en el punto 2.5.1 el estudio se dirigió para el examen un poco más detallado acerca de algunos aspectos específicos de la relación entre la Justicia Ambiental y los cambios climáticos globales. Así, el punto 2.5.2, punto que encierra el Capítulo 2, buscó retratar de modo especial la categoría de los Refugiados Ambientales. Ateniéndose a los problemas provocados en el Capítulo 2, el Capítulo 3, “Respuestas del Derecho y de la Política frete al Cambio Climático Global”, buscó avanzar en el sentido de evidenciar las respuestas que vienen siendo dadas por el Derecho y por la Política en este nuevo contexto de Cambio Climático planetario. Así, el Tercer Capítulo también fue constituido por tres divisiones, en las cuales fueron desarrollados estudios acerca de los mecanismos del derecho internacional para enfrentar los desafíos impuestos por los cambios climáticos globales. Inicialmente, fue analizado en el tópico 3.1 la evolución de la protección internacional ambiental a partir de las negociaciones multilaterales para la protección de la atmosfera terrestre en función de la deterioración de la capa de ozono. De este modo, los temas 3.1.1 y 3.1.2 analizaron, respectivamente, la Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el Protocolo de Montreal sobre Substancias que Destruyen la Capa de Ozono. El éxito de las negociaciones relacionadas con los dos instrumentos fue considerado extraordinario y mostró que un acuerdo preventivo era posible, aun con la ausencia de conocimientos precisos. Mas que cualquier otro instrumento internacional en el área ambiental, hasta entonces, la Convención de Viena y el Protocolo de Montreal consiguieron envolver gobiernos, comunidades científica y académica, la industria, los medios de comunicación e la opinión pública. En el tema 3.2 “El Derecho Internacional y las Negociaciones Multilaterales Ambientales sobre el Cambio del Clima” fue analizada la evolución del derecho internacional en función de la temática del cambio del clima global. De este modo, después de estas consideraciones iniciales, el análisis generó para el examen de los principales medios disponibles por el Derecho Internacional para enfrentar los desafíos impuestos por los cambios climáticos. En el puntos 3.2.1, 3.2.2 y 3.2.3 fueron presentadas, respectivamente, las consideraciones iniciales para la Convención-Cuadro de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, las Conferencia de las Partes y el Protocolo de Kioto. El estudio destacó que los problemas relacionados con las respuestas del Derecho Internacional para los cambios climático se evidenciaron con las dificultades que el Protocolo de Kioto consiguió enfrentar para entrar en vigor. Fue analizada, también, la disparidad de resultados presentados por los Protocolos de Montreal y de Kioto. En Protocolo de Montreal fue necesario substituir los productos que eran nocivos a la capa de ozono, sin embargo las empresas que lucraban con la producción y la comercialización de esos productos, principalmente de los CFCs, continuaron las mismas que se beneficiaron del comercio de nuevas substancias. O sea, las actividades de dichas empresas no necesitaron ser interrumpidas, apenas substituidas y con esto ellas garantizaban el recibimiento de royalties. Además de la existencia de pocos productores de substancias destructoras de la capa de ozono, lo que hizo con muchos actores no se envolvieran, y por fin, los costos económicos y sociales para la substitución de estas sustancias eran relativamente bajos. Ya con el Protocolo de Kioto, se observó un gran número de actores envueltos en la producción y en la emisión de los gases, lo que dificultó las negociaciones. Además de esto, se observó una fuerte resistencia a la aceptación de los costos económicos de la reducción de emisiones por parte de los principales países emisores, como en el caso de los Estados Unidos, además de la falta de consenso político para la elaboración de normas de alcance internacional . En el punto 3.2.4 se hizo la representación acerca de la 21ª Conferencia de las Partes. En este sub-tema, se vio el contexto que antecedió el Acuerdo de Paris, objeto del tema siguiente (3.2.5). Para mejor comprensión del Acuerdo de Paris, celebrado en diciembre de 2015 durante la 21ª Conferencia de las Partes, el punto 3.2.5 destacó las principales innovaciones y los principales dispositivos del Acuerdo. El tema que encierra el Capítulo 3 (3.3) trató de los Objetivos del Desarrollo Sustentable con los destaques para aquellos objetivos directamente relacionados con los cambios climáticos globales. En este punto del estudio, fue realizada la comparación entre los Objetivos del Milenio (ODM) que antecedieron los Objetivos del Desarrollo Sustentable. En ese sentido, los ODMs, como antecesores de los actuales Objetivos de Desarrollo Sustentable (ODSs), presentaron un avance significativo en algunas áreas-meta en función del foco, del financiamiento y de la acción en torno de los objetivos. Los nuevos ODSs pretenden corregir las fallas verificadas con el tratamiento de la cuestión ambiental y, principalmente, con los impactos resultantes de los cambios climáticos globales. El Cuarto y último Capítulo, “Descompaso entre la Gobernanza Ambiental Global y la Gobernanza del Desarrollo”, se destinó a abordar fundamentos relacionados con la categoría de la Gobernanza Global destacando, en especial, el tema de la Tesis “la posibilidad de actuación de la Gobernanza Ambiental Global para la realización de la Justicia Ambiental y Climática delante de los desafíos del Cambio Climático global”. El Cuarto Capítulo fue constituido por cinco divisiones y se inició a partir de las consideraciones iniciales a respecto de la categoría gobernanza global (tópico 4.1). En el sub-tema 4.1.1 se trató de el origen y evolución de la gobernanza global. Por lo tanto, fueron sopesados los entendimientos de Veiga, lo cual registró que la Gobernanza Global “[…] comenzó a legitimarse entre científicos sociales y tomadores de decisiones a partir del final de la década de 1980, básicamente para designar actividades generadoras de instituciones (reglas del juego) que garantizan que un mundo formado por Estados-nación o se gobierne sim que disponga de gobierno central” . El tema 4.1.2 realizó la distinción entre Gobernanza, Gobierno y Gobernabilidad. De este modo, conforme Rosenau, Gobernanza comprende “las actividades apoyadas en objetivos comunes, que pueden o no derivar de responsabilidades legales y formalmente prescritas y no dependen, necesariamente, del poder de policía para que sean aceptadas y venzan resistencias” . En seguida, en el tema 4.1.3, fue presentado, para fines didácticos, el concepto para Gobernanza Global. De acuerdo con Gonçalves, “ se trata de envolver el conjunto de las naciones del mundo y así como organizaciones no-gubernamentales internacionales y empresas transnacionales, actores, en fin, cuya esfera de actuación trasciende los limites fronterizos nacionales” . Sin agotar a la materia, el punto 4.2 congregó algunos preceptos doctrinarios que construyen soporte teórico a respecto de la Gobernanza del Desarrollo de manera a permitir diferenciar el proceso de evolución de esta categoría con el proceso de evolución de la categoría Gobernanza Ambiental (punto 4.3). Inicialmente, fueron presentadas las organizaciones internacionales creadas después de la Segunda Guerra Mundial para promover la gobernanza del desarrollo. En seguida, fue discutido la relación de la Economía con la evolución de la Gobernanza del Desarrollo en el punto 4.2.1 (Equívocos de la Economía). El punto 4.2.2, “El Mito del Crecimiento Económico Continuo y la Teoría del Decrecimiento”, trajo el tema del crecimiento económico continuo como combustible para el proceso de evolución de la Gobernanza del Desarrollo. A partir de las consideraciones iniciales a respecto de este tema, inclusive discutiendo la imposibilidad de manutención de la visión del crecimiento económico que desconsidera los impactos en los recursos naturales planetarios, el estudio pasó a tratar de algunos estudiosos que desarrollaron estudios tratando de la Teoría del Decrecimiento Económico. El examen de la Teoría del Decrecimiento contempla las búsquedas de estudiosos como Andrei Cechin, Serge Latouche, Didier Harpagès, Patrick Hossay, Edgar Morin entre otros. El aporte principal, entretanto, fue hecho a partir de los estudios de Georgescu-Roegen. En el punto 4.3, “Gobernanza Ambiental Global”, las consideraciones iniciales presentaron el concepto de la categoría. En seguida, el punto 4.3.1 trató de los actores no-estatales envueltos en la búsqueda de soluciones para la crisis ambiental determinada por los cambios climáticas planetarios. De este modo, fueron presentadas las organizaciones no-gubernamentales en el punto 4.3.1.1, las empresas transnacionales en el punto 4.3.1.2 y la Sociedad Civil Global en el punto 4.3.1.3. Paralelamente a la presentación de las características de cada uno de los actores no-estatales, los puntos correspondientes también desarrollaron las posibilidades de actuación de estos actores para la efectuación de una gobernanza ambiental global para los cambios climáticos. El punto 4.4, “Descompaso entre la Gobernanza Ambiental y la Gobernanza del Desarrollo”, trató de las dificultades enfrentadas por la Gobernanza Ambiental Global delante del éxito presentado por la Gobernanza del Desarrollo y reveló que el descompaso entre las dos gobernanzas explica parte de la falla de la Gobernanza Ambiental Global. En el punto 4.4.1 fueron discutidos los principales factores que determinan la falta de efectividad de las acciones de la Gobernanza Ambiental Global. En ese sentido, fueron presentadas las deficiencias estructurales del PNUMA que, conforme Sandrine Maljean-Dubois “Por su estatuto y por sus medios, él no puede ejercer una gran autoridad ni sobre los Estados y ni sobre las organizaciones internacionales. En particular, él no dispone de medios vinculantes. A todo esto, se acrecienta su estructura institucional pesada y complexa, cuya oscuridad es criticada por muchos Estados y dificulta una garantía de eficiencia” . También fue discutido el comportamiento verificado en las emisiones globales de gases de efecto estufa al paso de las últimas décadas. En ese sentido, se reflejó el fracaso del Protocolo de Kioto a partir de la constatación de que el volumen de emisiones de gases de efecto estufa continuó creciente inclusive después de la entrada en vigor del referido Protocolo. Se reflejó que la multiplicación de las instituciones, de los problemas y de los acuerdos relativos al medio ambiente dificulta los sistemas actuales y la aptitud para administrarlos. El crecimiento continuo del número de órganos internacionales competentes en materia del medio ambiente trae consigo el riesgo de una reducción de la participación de los Estados por el hecho de que sus capacidades son limitadas, en cuanto que la carga de trabajo aumenta y hace necesaria la creación, o el fortalecimiento de sinergias entre todos estos órganos. Poco apoyadas y operando de forma aislada, estas instituciones son menos eficientes de lo que podrían ser, en cuanto que las demandas por sus recursos financieros continúan aumentando. Otro punto destacado en esta fase del estudio hace referencia a la proliferación de las exigencias internacionales imponiendo vinculaciones particularmente pesadas a los países en vías de desarrollo, que, frecuentemente, no disponen de los medios necesarios para participar eficientemente de la elaboración y de la aplicación de las políticas internacionales en materia de medio ambiente . Finalmente, el punto 4.4.1 concluye que los conflictos mutuos de interés son los mayores impeditivos para que se pueda resolver la crisis ambiental global. Conforme Gonçalves “[...] las evidencias experimentales muestran que, cuanto mayor sea el conflicto de intereses entre los actores, mayor será la probabilidad de traiciones (o el no cumplimiento de los acuerdos). Es exactamente lo que acontece en la cuestión de los compromisos con respecto a la reducción de gases de efecto estufa. Las diferencias entre los países desarrollados (EUA y la Unión Europea) y países en vías de desarrollo son enormes, y envuelven la cuestión del crecimiento económico, vital para las naciones mas pobres, y la responsabilidad histórica por el calentamiento global” . Concluyendo este sub-tema, la falta de efectividad de los tratados multilaterales ambientales, en especial el Protocolo de Kioto, tiene una estrecha relación con los conflictos mutuos de intereses de los actores envueltos y en la propia estructura de negociaciones que caracteriza este instrumento internacional. El punto 4.4.2 discutió las limitaciones del Derecho Internacional en el combate al calentamiento global y a los Cambios Climáticos”. Además de los problemas que determinaron la falta de efectividad de las negociaciones multilaterales ambientales, relacionadas con la lentitud de las negociaciones y con la insuficiencia de los compromisos, se conjuga la imposibilidad de obligar a los Estados Unidos a participar, cuando ellos son, actualmente, el mas importante emisor de gas de efecto estufa, al ritmo lento de las rectificaciones y a la complexidad de las cuestiones de control y de aplicación. Con relación a las limitaciones de los Estados nacionales en el combate al calentamiento global y a los Cambios Climáticos, el punto 4.4.3 discutió la actuación del Estado nacional en el ámbito interno. De esta forma, fueron presentadas algunas limitaciones y trabas para el desarrollo del Derecho Ambiental en el sentido de impedir o dificultar la actuación estatal en el contexto de los Cambios Climáticos planetarios. En este punto del estudio, refiriéndose a los estudios de Michel Prieur, se reflejó que estas limitaciones pueden estar relacionadas con amenazas políticas, económicas y psicológicas. Las amenazas políticas están relacionadas con desreglamentaciones y, inclusive, con la “des legislación” en materia ambiental; las amenazas económicas se relacionan con la disminución de las obligaciones jurídicas en el ámbito del medio ambiente en función de la crisis económica mundial; finalmente, con respecto a las amenazas psicológicas, se refieren a la posibilidad de reducción de las obligaciones en materia ambiental en función de la amplitud de las normas que dificulta el acceso a los no especialistas. Como ejemplo de las dificultades destacadas por Michel Prieur, el estudio trajo la aprobación, en el día 27 de abril de 2016, por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía del Senado, de la PEC 65, que acaba con la obligatoriedad del licenciamiento ambiental para la ejecución de obras de construcción. La PEC 65 flexibiliza las reglas ambientales de grandes emprendimientos y, por ejemplo, cambia el articulo 225 de la Constitución, que pasaría a tener el siguiente trecho: “§ 7º La presentación del estudio previo de impacto ambiental importa autorización para la ejecución de la obra, que no podrá ser suspendida o cancelada por las mismas razones a no ser frente a hecho superveniente” . También fueron utilizadas las contribuciones de Gabriel Ferrer en lo que se refiere a las limitaciones Estatales del punto de vista de la Democracia y de Soberanía. Conforme Gabriel Ferrer, la superación de las deficiencias impuestas por la Soberanía pasa, necesariamente, por la recuperación de la solidaridad en el sentido del predominio del interés general pelo individual. El punto 4.3.3.1 discutió la posibilidad de desarrollo del estado socio ambiental de derecho en el sentido de un modelo de estado que consigue conciliar las preocupaciones y demandas sociales con la preservación ambiental. Con el destaque de Demétrio Magnoli, fueron presentados los siguientes ejemplos de transformación del Estado-nación: el Estado europeo del siglo XIX (un Estado que prácticamente no desempeñaba función económica); el Estado de la doctrina laissez-faire, que, por a vez, expresaba la actitud económica del Estado liberal; el new deal de los años 30 que inauguró el intervencionismo estatal en la economía y en otros sectores de la Sociedad; y, con el keynesianismo, un Estado que pasa a ejercer influencia directa en la regulación del mercado y a crear empresas públicas en sectores específicos . El Estado fue impelido a estas transformaciones en función del momento histórico específico; eran, por tanto, transformaciones necesarias como fue la transformación determinada por el new deal que, a su vez, se trató de una respuesta a las graves consecuencias de la crisis da e la década de 30. De la misma manera que el Estado permite o determina el avance de la Globalización económica, por ejemplo, una vez que cada uno de los progresos en la dirección de la integración de los mercados es fruto de una decisión política de los Estados, así también será con relación a la respuesta de los Estados nacionales para los impactos que viene sufriendo: un desafío de superación y de modificación comprobando su capacidad de moldar el propio proceso de Globalización, transformándolo e transformándose también, superándolo y superándose también. Esa es la premisa del Estado Socio-ambiental de Derecho, un Estado que consigue conciliar desarrollo tecnológico e gestión de sus riesgos, principalmente en lo que concierne a la cuestión ambiental. A partir de estos aportes iniciales, el punto 4.3.3.2, “La Justicia Ambiental y Climática en el Estado Socio-ambiental de Derecho”, trató de conciliar las actuales demandas determinadas por los Cambios Climáticos con la actuación de un Estado Socio-ambiental de Derecho. En ese sentido, la efectuación de la Justicia Ambiental fue analizada como uno de los nortes del Estado Socio-ambiental de Derecho. De esta forma, en situaciones de desastres ambientales, el Estado Socio-ambiental de Derecho tiene el deber de actuar en el sentido de garantir los derechos fundamentales de las populaciones afectadas. Además de eso, es deber de ese modelo de Estado actuar en la prevención y en la mitigación de los riesgos de desastres. El examen de Estado Socio-ambiental de Derecho contempla las búsquedas de estudiosos como Tiago Fensterseifer, Délton Winter de Carvalho, Ingo Wolfgang Sarlet, José Rubens Morato Leite, Maria de Fátima Schumacher Wolkmer, José Joaquim Gomes Canotilho entre otros. Se encerró el trabajo en el sub-tema 4.5, “Justicia Ambiental y Climática en el Contexto de la Gobernanza Ambiental Global: Desafíos y Perspectivas “, donde fueron difundidas las ideas principales de la Tesis. En este momento, se desarrollaron los aspectos esenciales del trabajo, sosteniéndose, inicialmente, que la Sociedad actual vive un período de riesgos nuevos y de difícil resolución. Los Estados nacionales y las instituciones internacionales no han tenido éxito en sus intentos de lidiar con los desafíos que los cambios climáticos imponen. Dentro de este contexto, parece correcto concluir que las respuestas presentadas por el Derecho y por la Política no están alineadas con los objetivos propuestos por la Justicia Ambiental y Climática. A pesar de que el proceso de Cambio Climático determina impactos para las poblaciones pobres y ricas, los grupos sociales más vulnerables del punto de vista socio-económico serán los más afectados. Las camadas más ricas de la población, dentro de un país o de un país en relación a otro, poseen condiciones materiales de adaptación y resistencia a los desafíos impuestos por el Cambio Climático. Ya las poblaciones más vulnerables del punto de vista socio-económico tienden a ser también las más vulnerables a las inundaciones, sequía prolongadas, falta de disponibilidad hídrica, variación en la cantidad y en el precio de los alimentos y variaciones en las dinámicas de recursos naturales específicos. A pesar de que proceso del Cambio Climático determina impactos para las poblaciones pobres y ricas, los grupos sociales más vulnerables del punto de vista socio-económico serán los más afectados. De esta forma, se corre el riesgo de que la actual Gobernanza Ambiental Global se caracteriza por la Injusticia Climática como resultado más palpable de su incapacidad de resolución de los problemas relacionados con el calentamiento global y sus consecuencias. Se concluye también que la actual fase del proceso de globalización, paralela y paradoxalmente, a pesar de determinante para la intensificación de los cambios climáticos planetarios, puede ser la herramienta de cambio en el sentido de permitir la instauración de diferentes focos de presión sobre los Estados nacionales en el sentido del cumplimento de los compromisos asumidos delante del Acuerdo de Paris. El Acuerdo de Paris no presenta una estructura complexa, continua siendo universal, innovó al presentar metas voluntarias de reducción de emisiones de gases de efecto estufa y mantuvo a cooperación a los países más pobres. A pesar de no ser un instrumento obligatorio en el ámbito internacional, el Acuerdo de Paris determina un compromiso de cada Estado con sus nacionales, en la misma medida de los compromisos asumidos con los Objetivos del Desarrollo Sustentable. La Gobernanza Ambiental Global deposita las esperanzas en los compromisos voluntarios asumidos nacionalmente por cada Estado conforme determinado por el Acuerdo de Paris. La cristalización de la visión de un mundo necesariamente justo en termos ambientales y climáticas vienen siendo potencializada por diversas organizaciones no-gubernamentales, algunas de ellas creadas específicamente alrededor del tema de los cambios climáticos globales, conforme ya expuesto en el presente estudio. Además de eso, hay, de hecho, un silencioso cambio de postura en el modo de vida ya ajustado de la sociedad consumidora contemporánea. Ese crecente protagonismo de la sociedad civil configura un importante polo de presión para la actuación de los Estados nacionales tanto en el ámbito interno como en el ámbito internacional para lidiar con los retos impuestos por el Cambio Climático. Hasta ese momento, la Gobernanza Ambiental Global continuará produciendo Injusticia Ambiental y Climática.


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