Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Federalismo y administración única en la Constitución Española de 1978

  • Autores: Luis Felipe López Alvarez
  • Directores de la Tesis: Antonio Carlos Pereira Menaut (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidade de Santiago de Compostela ( España ) en 1996
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Manuel Fraga Iribarne (presid.), Juan Andrés Muñoz Arnau (secret.), José Luis Meilán Gil (voc.), Enrique Álvarez Conde (voc.), Antonio Torres del Moral (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El federalismo es un sistema dinámico, basado en la existencia de varios centros de poder con competencias y territorios distintos. Basta que en un sistema de estas características se den fuerzas en sentido centrifugo o centrípeto para que pueda hablarse de federalismo. Por este motivo la distinción entre confederación, federalismo, y estado descentralizado pierde importancia. Nuestra actual Constitución no establece un sistema federal, pero si la posibilidad de una descentralización muy amplia, que se ha conseguido con el proceso estatutario. Ahora bien, según la definición de federalismo anteriormente establecida, puede decirse que ya estamos en un sistema federal. La administración única no supone de por si un sistema federal, sino una mayor descentralización administrativa que es necesaria por el enorme índice de duplicidades entre los diversos organismos administrativos. Supone una reordenación de competencias de ejecución entre el estado y las autonomías que es necesaria y posible a través del artículo 150.2 de la Constitución.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno