El derecho de sobreedificación y subedificación es un derecho real limitado que faculta para construir un volumen determinado sobre o bajo un edificio total o parcialmente ajeno y cuyo ejercicio convierte a su titular en propietario exclusivo de los departamentos privativos construidos al propio tiempo que se le integra en el régimen de propiedad horizontal del inmueble. Como derecho real inmobiliario tiene acceso al registro de la propiedad. Su inscripción deberá figurar en el folio del edificio en su conjunto y por nota marginal en cada una de las inscripciones separadas de los departamentos privativos del inmueble.
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