La presente tesis aborda el estudio de los medios de impugnación en el orden contencioso-administrativo. Para ello se ha considerado necesaria una previa exposición de los antecedentes del sistema. La explicación de este modelo actual ha requerido la elaboración de una primera parte sobre los aspectos generales de los recursos, donde se aborda desde esa perspectiva el concepto, los caracteres, su fundamento, las clases y los efectos de los recursos, con una especial referencia al derecho al recurso, de particular trascendencia hoy habida cuenta de los esquemas constitucionales en que se enmarca el conjunto de medios de impugnación establecido por las leyes. La descripción del modelo de recursos y de medios de impugnación vigente en el contencioso-administrativo español, constituye el cuerpo básico del trabajo, que comienza por el estudio de los recursos no devolutivos, al que se añade el de la apelación introducido con la Ley Jurisdiccional de 1998. Se aborda también el estudio de las diversas modalidades del recurso de casación, una común y otras de unificación de doctrina y de interés de la Ley, estas dos últimas, a su vez, con sus respectivas submodalidades autonómicas, todas ellas sustentadas en la regulación de aquella primera común. El modelo de recursos se delimita por fuera, es decir, negativamente, por el resto de los medios de impugnación que la Ley contempla como de aplicación en el orden contencioso-administrativo. El modelo de recursos vigente en España plantea la posibilidad de abordar unas u otras reformas o mejoras. Respecto de la propia base del modelo, sustentada sobre los recursos no devolutivos, el principal reto que plantea hacia el futuro es su sistematización y la simplificación de la regulación de estos recursos. Las indicaciones que en este plano merece el recurso de apelación en el contencioso-administrativo deben partir de la tradicional configuración del orden como casi de única instancia y de la necesidad de su generalización. Tal vez el aspecto del sistema de recursos de nuestro país que se presenta como menos depurado o acabado es el relacionado con las casaciones autonómicas. Aquí el modelo padece la insuficiencia básica que a su vez sufre la propia estructura del orden jurisdiccional, sustentado solo en dos escalones, la primera o única instancia y la apelación o la casación, alternativamente. Los problemas del modelo de recursos se acentúan precisamente en la cúspide de la organización, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a la que, en definitiva, con los treinta y tres Magistrados de planta (más Eméritos) con los que cuenta, no es posible establecer criterios jurisprudenciales.
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