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Resumen de Derechos fundamentales y estatuto jurídico de las Fuerzas Armadas

Joaquín López de Gea

  • "DERECHOS FUNDAMENTALES Y ESTATUTO JURÍDICO DE LAS FUERZAS ARMADAS" 1. Introducción. Las Fuerzas Armadas siguen siendo el gran desconocido en la sociedad española. La asociación mental entre los conceptos de "Ejército" y "pronunciamiento", la cooperación de las Fuerzas Armadas en el sostenimiento del régimen franquista, el desinterés de la sociedad española por las cuestiones relacionadas con la Seguridad y la Defensa Nacional, así como un mal entendido pacifismo y la coercitiva regulación por parte del legislador del "status quo" del militar, explican, entre otros factores, la ignorancia de la que adolecen los españoles ante sus Ejércitos. Ello, salvando las distancias, se ha trasladado, a la doctrina jurídica actual, pues, aunque son numerosos los autores que han estudiado, desde el punto de vista jurídico, a las Fuerzas Armadas, en los últimos años se ha producido un cierto cese en la creación doctrinal.

    2. Propósito. Proyectar una visión integral de la legislación que regula, delimita y ordena el estatuto jurídico de las Fuerzas Armadas y, en concreto, los derechos fundamentales del personal militar.

    3. Metodología. Combinamos, la investigación, la formulación de hipótesis, la extracción de conclusiones y, entre otros casos, la transcripción de pronunciamientos jurisprudenciales o de legislación.

    4. Fuentes. Hemos consultado fuentes legislativas, jurisprudenciales y bibliográficas.

    5. Estructura. Primera parte. Los derechos fundamentales en la CE. Segunda parte. Las Fuerzas Armadas. Tercera parte. Los derechos fundamentales en las Fuerzas Armadas. Cuarta parte. La evolución de las Fuerzas Armadas. Quinta parte. Derecho militar comparado. Sexta parte. Conclusiones.

    6. Conclusiones. a. En primer lugar, debemos reflexionar sobre los métodos más adecuados para conseguir y gestionar el personal, partiendo de las estructuras ya establecidas y contrastadas en los últimos veinte años, y a analizar cuáles deben ser los fines u objetivos de las nuevas políticas. En definitiva, se trata de actualizar los métodos de obtención, formación y gestión del personal reclutado en un escenario de reducción, polivalencia, externalización y capacidad de generación de fuerza. b. En segundo lugar, las Fuerzas Armadas se nos revelan como un orden concreto (Schmitt), un orden en el que los rasgos institucionales y administrativos se entremezclan hasta el punto de que éstas no podrían ser comprendidas sin aceptar los peculiares valores que las sustentan aunque tampoco podrían serlo, sin ubicarlas en el seno de la Administración. c. En tercer lugar, la regulación jurídica de los derechos y deberes de los militares ha de regirse por los principios constitucionals. Ello requiere que las eventuales limitaciones a los derechos fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas deben ser las indispensables para el cumplimiento de su misión. d. En cuarto lugar, el dilema al que se enfrenta España no es querer o no la paz, sino a qué le damos prioridad como nación: a la paz o a la libertad. La Defensa no es renunciable. O si lo es, será a costa de la supervivencia de la comunidad. Por su parte, la seguridad engloba a la defensa e implica otras muchas políticas como la seguridad "ad intro", la atención a la población civil en caso de catástrofes naturales, etc. A la defensa y a la seguridad las sociedades les han conferido, históricamente, valor, pues constituyen aquellos aspectos de la realidad social que la sociedad prioriza porque expresan las acciones que la comunidad debe llevar a cabo, si quiere seguir viviendo, simplemente. Hoy, en España, sólo se ve al Estado como algo positivo cuando concede derechos, prestaciones, servicios. Pero se le considera como un aparato represor cuando exige deberes. Ahora bien, el rechazo de la seguridad y de la defensa como valores, la decadencia cultural y la insumisión a cumplir con los demás, con tus semejantes, suele conducir al entreguismo y consecuentemente, a caer bajo el dominio de otras naciones.


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