La presente investigación examina las garantías institucionales del ejercicio de la función arbitral en el sistema del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, partiendo de la idea de que la actual crisis del sistema de solución de controversias Estado-inversor se encuentra, entre otros factores, vinculada a la insuficiencia de los mecanismos destinados a asegurar la legitimidad, independencia, imparcialidad y control de quienes ejercen funciones materialmente jurisdiccionales en el ámbito del Derecho internacional económico. En efecto, el arbitraje de inversión ha experimentado una transformación progresiva desde sus orígenes. Concebido inicialmente como un instrumento destinado a ofrecer protección jurídica al inversor extranjero frente a riesgos políticos asociados a procesos de nacionalización, inestabilidad institucional o intervención estatal, el sistema terminó consolidándose como una de las piezas centrales de la gobernanza económica internacional, en la medida en que estos controlan actuaciones estatales adoptadas en ejercicio de potestades regulatorias y se pronuncian, directa o indirectamente, sobre cuestiones estrechamente vinculadas con el interés público. Asimismo, el proceso de expansión normativa y jurisdiccional que fortaleció el arbitraje de inversión contribuyó también a intensificar las críticas relativas a su legitimidad. A las objeciones tradicionales vinculadas al impacto del sistema sobre el poder regulatorio del Estado se añadieron cuestionamientos relativos a la falta de transparencia, la ausencia de coherencia decisoria, los elevados costes del procedimiento y, de manera particularmente intensa, las dudas acerca de la independencia e imparcialidad de los árbitros. Desde esta perspectiva, el trabajo sostiene que la tensión que actualmente atraviesa el arbitraje de inversión deriva, precisamente, de la coexistencia entre una función adjudicativa crecientemente jurisdiccionalizada y una arquitectura institucional que continúa descansando, en buena medida, sobre categorías y técnicas propias de un modelo arbitral concebido en un contexto histórico muy distinto, cuya actualización ha quedado, en gran medida, condicionada por la ausencia de consenso suficiente para su reformulación. En otras palabras, mientras las funciones ejercidas por los tribunales arbitrales parecen aproximarse progresivamente a las de órganos jurisdiccionales internacionales permanentes, las garantías que rodean el estatuto del árbitro permanecen todavía ancladas en un diseño institucional propio de los años sesenta, concebido en un momento en el que la limitada experiencia práctica del sistema aún no permitía advertir plenamente las tensiones y carencias que posteriormente aflorarían. Así, la cuestión relativa a la neutralidad del adjudicador ha adquirido una dimensión que originalmente no tenía y se proyecta hoy sobre la legitimidad misma del sistema de solución de controversias. Sobre esa base, el trabajo analiza comparativamente la figura del juez internacional y la del árbitro de inversión, con el propósito de determinar hasta qué punto las garantías tradicionalmente asociadas a la función jurisdiccional pueden proyectarse sobre el arbitraje Estado-inversor. El estudio pone de relieve que, aunque ambos ejercen funciones adjudicativas, subsisten diferencias institucionales relevantes en aspectos tales como los mecanismos de designación, la estabilidad en el cargo, el régimen de incompatibilidades o la inserción orgánica del decisor. No obstante, la progresiva judicialización material del arbitraje de inversión obliga a reconsiderar el alcance de esas diferencias y a examinar si las garantías actualmente existentes resultan suficientes para preservar la confianza en la neutralidad del sistema. La investigación aborda asimismo la delimitación conceptual de los principios de independencia e imparcialidad en el ámbito del Derecho internacional público, distinguiendo sus dimensiones: objetiva y subjetiva. Examina, además, la evolución de los estándares aplicables en el arbitraje de inversión. A partir de ello, se analizan las medidas preventivas y correctivas previstas en el sistema CIADI, incluyendo las obligaciones de revelación, el régimen de recusación y los mecanismos de anulación del laudo. El trabajo presta especial atención al desarrollo jurisprudencial del estándar de recusación previsto en el artículo 57 del Convenio CIADI y a las dificultades derivadas de su aplicación práctica. Junto al análisis normativo y doctrinal, la investigación incorpora un examen estadístico de las recusaciones planteadas en el CIADI entre 1982 y 2026, así como un estudio comparado con otros mecanismos arbitrales internacionales. Asimismo, se analizan situaciones relativas al denominado doble sombrero, los nombramientos repetidos, las relaciones profesionales entre árbitros y abogados, la financiación por terceros y la intervención de secretarios arbitrales. Finalmente, el trabajo examina críticamente las principales iniciativas de reforma. En particular, las propuestas orientadas a reforzar la independencia, coherencia y legitimidad del sistema, incluyendo la creación de tribunales permanentes de inversión, mecanismos de apelación y nuevas obligaciones de transparencia y revelación. La investigación sostiene, sin embargo, que muchas de estas reformas continúan concentrándose predominantemente en ajustes de carácter procedimental, sin alterar de manera sustancial las tensiones estructurales que caracterizan al arbitraje de inversión.
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