El objeto de la presente investigación se centra en el status del régimen de la ejecución personal por deudas a partir de la reforma procesal llevada a cabo en el año 17 a.C. por el emperador Augusto.
La mayoría de los tratados de derecho romano afirman que la ejecución personal por deudas se habría reducido significativamente tras la promulgación de la Lex Iulia iudiciorum privatorum. Y hay quienes incluso sostienen que habría desparecido definitivamente alegando que durante el periodo clásico y postclásico el sistema de ejecución únicamente recaía sobre el patrimonio del deudor y no sobre su persona.
Sin embargo, varias son las prácticas llevadas a cabo durante la época clásica y el Bajo Imperio de las que parece inferirse que la ejecución personal no sólo subsistió, sino que se practicaba con frecuencia.
Esta aparente contradicción entre la hipótesis general de la doctrina y la constatación de testimonios que parecen desmentirla es lo que motiva y lo que se pretende aclarar mediante esta tesis doctoral.
La identificación y recopilación de las fuentes que recogen los testimonios textuales que puedan evidenciar la continuidad de este tipo de ejecución ha sido clave para analizar posteriormente hasta qué punto pervivió la ejecución personal por deudas más allá de la mencionada Lex Iulia iudiciorum privatorum.
Se ha podido examinar y categorizar un acervo documental muy amplio y variado. Su relevancia deviene, en primer lugar, de la naturaleza tan heterogénea de sus fuentes (literarias, papirológicas, epigráficas); en segundo lugar, de la pertenencia de éstas a distintas zonas geográficas del Imperio (Occidente y Oriente); y en tercer lugar, del contenido que en ellas se detalla (desde supuestos de ejecución extrajudicial del deudor o de personas allegadas a él o casos donde el propio cuerpo de éste es utilizado como garantía al estudio de documentos de la práctica, así como de varias cláusulas contractuales -cl. agógimos y cl. de praxisque las partes acordaban a la hora de suscribir sus negocios jurídicos y en las que aceptaban la detención provisional y ejecución personal del deudor como consecuencia del incumplimiento).
El estudio específico de cada uno de los temas que las fuentes documentan -una vez identificados todos los testimonios y divididos por tipo de fuente y área geográfica- ha permitido que las principales conclusiones alcanzadas no sólo versen sobre la pervivencia de la ejecución personal por deudas durante la época clásica y postclásica, si no también sobre si las prácticas o instituciones a través de las cuales se manifestaba este tipo de ejecución se consideraron legales, ilegales, o paralegales pero toleradas por el Derecho; así como cuál era el comportamiento de la sociedad y la actitud de las autoridades ante cada una de ellas.
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