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Incentivos para la colaboración con las autoridades en los delitos económicos: un estudio sobre los arts. 305.6 II, 307.5 II, 308.8 II, 426 y 434 del Código Penal

  • Autores: Jesús Martín Muñoz
  • Directores de la Tesis: María Victoria García del Blanco (dir. tes.), Íñigo Ortiz de Urbina Gimeno (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Complutense de Madrid ( España ) en 2024
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Anreize zur Kooperation mit den Strafverfolgungsbehörden auf dem Gebiet der Wirtschaftskriminalität: eine Untersuchung über Art. 305.6 II, 307.5 II, 308.8 II, 426 und 434 vom spanischen Código Penal
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Margarita Martínez Escamilla (presid.), Juan Carlos Ortiz Pradillo (secret.), Manuel Cancio Meliá (voc.), Katharina Beckemper (voc.), Inés Olaizola Nogales (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid
  • Materias:
  • Enlaces
  • Resumen
    • El objeto de estudio son las atenuantes y eximentes del Código Penal español con las que se pretende incentivar a los intervinientes en ciertos delitos económicos a colaborar con las autoridades o reparar el daño: los arts. 305.6 II, 307.5 II y 308.8 II (atenuantes para los delitos fiscales, contra la Seguridad Social y de fraude de subvenciones), el art. 426 (eximente para el delito de cohecho) y el art. 434 CP (atenuante para el delito de malversación).

      La mayoría de los autores que han estudiado estos incentivos tienen una opinión desfavorable sobre ellos. El argumento más frecuente es que serían supuestamente incompatibles con los fines que la pena tiene en un Estado social, democrático y de Derecho. También se ha alegado, aunque en menor medida, que son poco eficaces para conseguir sus objetivos o que causan distinciones de trato incompatibles con el principio de igualdad.

      Por sí solos, estos argumentos no son plenamente convincentes. La mayoría se mueve en un plano demasiado general y pasa por alto que los incentivos son figuras que pretenden legitimarse con base en los efectos que, se supone, consiguen. Por este motivo, la investigación es una revisión crítica de los argumentos antes expuestos. Está dividida en cinco capítulos.

      El capítulo I se ha destinado al estudio del tenor literal de los incentivos del Código Penal español. Con ello se ha pretendido, por un lado, aclarar cuáles son sus requisitos y consecuencias de aplicación, y, por otro, llamar la atención sobre los problemas interpretativos a los que su peculiar diseño legislativo puede dar lugar.

      En el capítulo II se han estudiado las críticas que la doctrina española ha dirigido a estas disposiciones. Como se ha dicho, éstas se han articulado en torno a tres ejes: su supuesta incompatibilidad con los fines de la pena, su aparente ineficacia para la consecución de sus objetivos y la posible vulneración del principio de igualdad. En la medida en que, muchas veces, estas críticas carecen de la suficiente concreción, se ha considerado oportuno estudiar la situación del ordenamiento jurídico alemán, en el que existen incentivos similares. El estudio de la cuestión en Alemania se ha plasmado en los capítulos III y IV. En el capítulo III se han analizado los requisitos y consecuencias de aplicación de las siguientes figuras: el parágrafo 153b StPO (facultad de archivo para todos los supuestos en los que los jueces pueden renunciar a la imposición de la pena), el parágrafo 31 BtMG (delitos contra la salud pública), el parágrafo 129 StGB y el art. 5 KronzG (integración en organización criminal), el parágrafo 129a StGB y el art. 4 KronzG (integración en organización terrorista), el parágrafo 261 VIII StGB (blanqueo de capitales), y el parágrafo 46b StGB (cualquier delito castigado con una pena de prisión de más de un mes).

      Por su parte, en el capítulo IV se han plasmado las principales críticas que la doctrina alemana ha dirigido a las disposiciones del capítulo III. Se ha concedido una importancia especial al comentario de los estudios empíricos que, desde los ochenta del pasado siglo, se han ido elaborando para averiguar qué objetivos se han conseguido (o no) con su aplicación. En España apenas existen estudios de esta clase.

      Finalmente, el capítulo V contiene los resultados de un estudio empírico propio sobre los incentivos del Código Penal español. Éste ha consistido en un análisis cuantitativo y cualitativo de 178 SSTS. Algunos parámetros a los que se ha prestado atención han sido el número de veces que las disposiciones en cuestión se han aplicado o, al menos, invocado por las partes; el número de ocasiones que otras figuras que podrían cumplir una finalidad similar se han aplicado, como las atenuantes genéricas de confesión o reparación del daño, y el número de acusados y condenados por delitos incluidos en el ámbito de aplicación de los incentivos que hubo en cada uno de los procesos estudiados.


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