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La venta de la unidad productiva como solución de la insolvencia

  • Autores: Javier Aznar Nárdiz
  • Directores de la Tesis: Andrés Gutiérrez Gilsanz (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Rey Juan Carlos ( España ) en 2024
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Juana Pulgar Ezquerra (presid.), Francisco Javier Arias Varona (secret.), Francisco José Garcimartín Alférez (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Ciencias Sociales y Jurídicas por la Universidad Rey Juan Carlos
  • Materias:
  • Enlaces
  • Resumen
    • Con motivo de la publicación del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal se introdujeron diversas modificaciones -a pesar de tratarse de una refundición normativa- al régimen de la transmisión de unidades productivas en el seno del concurso de acreedores. El legislador, consciente de que la transmisión de unidades productivas puede ser la manera más eficaz de salvaguardar los intereses del concurso -siendo estos tanto los de los acreedores como la continuidad empresarial-, decidió incluir en el Real Decreto una serie de novedades tendentes a facilitar este tipo de operaciones en cualquiera de las fases del concurso de acreedores.

      Estas novedades se desarrollaron y consolidaron en la normativa concursal española mediante la promulgación de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal que incorporaba la Directiva 2019/1023 de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, en la que, aunque la novedad estrella fueron los planes de reestructuración, también se consiguió incorporar a nuestra normativa otros aspectos de gran calado en la venta de unidades productivas.

      La promulgación del Texto Refundido de la Ley Concursal se hizo en un momento de crisis sanitaria y económica causada por la pandemia del COVID-19, lo que, unido con lo novedoso de la materia en derecho español, y su continuo desarrollo, poco a poco hayan ido apareciendo voces doctrinales y jurisprudencia que van desarrollando nuevas figuras que, en principio, no estaban contempladas en el texto normativo.

      Así, para la realización de este trabajo, las herramientas utilizadas, además de la doctrina nacional, son la doctrina internacional, que tradicionalmente contaba con mayor desarrollo que la interna en esta materia, así como jurisprudencia que, en ocasiones, y haciendo interpretaciones de la norma, va un paso por delante del legislador.


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