El teletrabajo, como una modalidad de prestación del servicio a distancia, ha visto aumentada su importancia y protagonismo en nuestro país como consecuencia de la irrupción de la pandemia del COVID-19. La cual, además de incidir cuantitativamente en su implantación en nuestro mercado empresarial, ha impulsado la aprobación de la primera norma dirigida a normar esta forma de trabajo en el sector privado (por medio de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia) y de un precepto específico en el caso del sector público (art. 47 bis del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público). Pese a ello, el carácter precipitado con el que se han aprobado dichas normas hace que las mismas presenten claras deficiencias y lagunas, que ponen en riesgo la garantía de una protección jurídico laboral adecuada y suficiente de las personas trabajadoras sujetas a estas formas de trabajo. Entre otros problemas, nos encontramos con la existencia de una excesiva remisión normativa tanto a la negociación colectiva, la cual ocupa un papel central en la concreción del régimen jurídico en materia de teletrabajo, como a otras norma prexistentes que no fueron concebidas para su aplicación a estas nuevas o renovadas formas de trabajo. Partiendo de este complejo marco, la finalidad perseguida por medio de la presente tesis doctoral es ofrecer un estudio jurídico crítico de la regulación legal y convencional actual del teletrabajo, de modo que permita identificar los posibles defectos y carencias de estas normas y ofrecer propuestas de lege ferenda que permitan una más adecuada implantación del teletrabajo, en la que la desvinculación física del trabajador de los centros empresariales no implique su invisibilización y desprotección.
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados