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Resumen de El contrato a favor de tercero

Carmen Pérez Conesa

  • El contrato a favor de tercero consiste en la celebracion de un contrato, que produce los efectos que le sean propios entre las partes que lo otorgan y, ademas, la atribucion de un derecho a un tercero ajeno al mismo.

    Esta figura supone una excepcion al principio general de la eficacia relativa de los contratos, recogido en el parrafo primero del articulo 1257 del codigo civil. Este mismo articulo, en su parrafo segundo, permite, en terminos generales, estipular en provecho de un tercero, al establecer que el tercero favorecido por la estipulacion contenida en un contrato puede exigir su cumplimiento. Las notas que lo caracterizan son la existencia de un contrato, un provecho dirigido a un tercero y el otorgamiento a este de un derecho propio y directo. En su estructura y funcionamiento, se asimila a la delegacion, pues por medio de ambas figuras se crean tres relaciones y sirven para lograr un doble efecto patrimonial por medio de una prestacion dirigida a un tercero.


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