La aprobación de la Constitución española de 1978 permitió abandonar el modelo de beneficencia para adentrarse en una senda de derechos en la que el sistema público de servicios sociales se perfilaba como cuarto pilar del Estado de Bienestar. Desde sectores mayoritarios de los ámbitos académico, institucional y profesional, se plantea la necesidad de una ley estatal de servicios sociales.
Las aproximaciones teóricas a una ley estatal adolecen de focalizar el discurso en un aspecto concreto. No se tiene constancia de un abordaje en el que el objeto central del estudio sea la propia ley y se contemplen las diversas facetas de la cuestión. Este trabajo de investigación precisamente aporta esa visión amplia. La apertura, en enero de 2022, de un periodo de consulta pública previa a la elaboración de un proyecto de ley de servicios sociales, vino a confirmar la actualidad y oportunidad del estudio iniciado.
Esta tesis se estructura en tres fases concatenadas. En la primera se analizan las diferentes propuestas de ley estatal realizadas desde los años ochenta del siglo XX hasta 2022.
En base a los resultados de la fase anterior, se analizan experiencias previas de intentos de aprobación de leyes a nivel estatal. Asimismo, estudiaron sentencias del Tribunal Constitucional sobra la cuestión. Además, se compararon leyes autonómicas de servicios sociales vigentes, incluyendo elementos específicos del trabajo social: diagnóstico social e instrumentos propios. Se analiza el tratamiento de los servicios sociales en discursos de investidura a presidencia del Gobierno de la nación para determinar la evolución de ese concepto. Para indagar en al posicionamiento de los grupos parlamentarios en la aprobación de esa ley estatal, se estudiaron programas electorales de los partidos políticos que conforman el arco parlamentario.
En la última fase, mediante la técnica de la encuesta, se recaba opinión de personas expertas y profesionales.
Los datos y materiales analizados indican que la indeterminación ha sido un elemento destacado en las propuestas de ley estatal, no así las manifestaciones acerca de su utilidad, en las que se identifican pluralidad de coincidencias.
Se ha considerado que, en el ámbito de los servicios sociales, el mejor ejemplo de éxito en la aprobación de una ley estatal es la incorporación al ordenamiento jurídico de la ley 39/2006, de 14 de diciembre (LAPAD). El hecho diferencial con otras iniciativas que no se materializaron parece estar en la estrategia de negociación y consenso.
En lo que respecta a la conflictividad entre administraciones por la cuestión competencial, esta se concentra en algunas comunidades autónomas, y ligada a iniciativas legislativas estatales.
Destaca la elevada coincidencia entre las leyes autonómicas de servicios sociales, presentándose las mayores discrepancias en aspectos relacionados con la estructura y nivel de garantía de prestaciones.
La opinión de las personas expertas y profesionales consultadas es extremadamente coincidente. Entre otras cuestiones, muestran su acuerdo en que una ley estatal aportaría homogeneidad al sistema e incrementaría la garantía de derechos, y que debería ser innovadora respecto de los sistemas autonómicos actuales. El elemento más obstaculizador en este proceso sería el posicionamiento de parlamentos y gobiernos autonómicos. En lo relacionado con el trabajo social como profesión preferente, se han identificado elementos de convicción para mantener esa posición.
La futura ley debería redactarse desde una clara definición del objeto de los servicios sociales, incorporando la perspectiva de género y la comunitaria, clarificando la relación público-privada, asegurando ratios y la garantía de derechos mediante procedimientos ágiles.
Se puede concluir que el sistema ha alcanzado la madurez suficiente para permitir la aprobación de una ley estatal.
This thesis entitled as “Social Services State Law: From aspirations to bills. A viewfrom the professional scope” is born from several concerns are related to my professionalpractice within the Public System of Social Services. It also comes from my experiencehaving a close role in the regulation of social services which arises from my interest in lawand social work, and for actively participate in the creation and passing of several regionallaws on social servicesAs it has been thoroughly studied, the adoption of the Spanish Constitution of 1978allowed it to turn the page on the charity model and led to a path made of rights in which thePublic System of Social Services emerged as the fourth pillar of the Welfare State. Maingroups from the academic, institutional, and professional field, and particularly from socialwork, are taking into consideration the need of having a State law on social services. This isan aspiration which has been a constant during the last decades...
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