El objeto de este trabajo de investigación es analizar el fin de la condición de residuo. La economía circular propugna un cambio de enfoque y el paso de una economía lineal a otra de carácter circular, basada en la reducción de la generación de residuos y en el máximo aprovechamiento posible de los recursos existentes. Este cambio de paradigma plantea numerosos retos y oportunidades, sobre todo para un continente como el europeo, deficitario en materias primas. El fin de la condición de residuo es una herramienta fundamental para avanzar hacia la circularidad, puesto que permite reintroducir residuos debidamente valorizados en el ciclo económico, fomentando la llamada simbiosis industrial y, esto es importante, garantizando en todo caso la protección del medio ambiente y la adecuación técnica de los materiales recuperados. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, dice haber asumido este cometido y arbitra importantes instrumentos para propiciar el desarrollo de una economía más resiliente, sostenible y circular. Entre ellos, la previsión de que las Comunidades. Autónomas, a petición del gestor de residuo, puedan pronunciarse de forma particular sobre el reconocimiento del fin de la condición de un determinado residuo es, sin duda, una de las herramientas que está llamada a jugar un papel más destacado en este cambio de paradigma. Sin embargo, la norma adolece de importantes errores y de una más que mejorable técnica legislativa, que pueden llegar a poner en tela de juicio la efectividad de este capital instrumento para la circularidad. Para abordar esta problemática, esta tesis doctoral aborda de forma integral la institución del fin de la condición de residuo: primero, se expone su surgimiento y desarrollo normativo; segundo, se aborda por primera vez esta noción y se perfilan los requisitos sobre los que se asienta; tercero, se ahonda en la declaración administrativa particular como medio para reconocer este cambio jurídico, tanto en sus aspectos materiales como procedimentales; y, cuarto, se analizan cuáles son los efectos de estas declaraciones particulares y los problemas que esconde su regulación en términos de libre circulación de mercancías. El trabajo también propone soluciones a los problemas regulatorios advertidos.
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