La investigación realizada en este trabajo ha permitido argumentar que la fiscalidad debe ponerse al servicio de la búsqueda de conductas más respetuosas del paradigma de la economía circular, fomentando nuevas formas de producción y consumo, a través de tributos y beneficios fiscales. De acuerdo con la sabia doctrina, se puede afirmar que la transición a un modelo de economía circular es posible a través de un reequilibrio del gravamen fiscal. La fiscalidad medioambiental, como pieza central de un nuevo sistema tributario circular, puede avanzar en dos direcciones: una "negativa" a través de la imposición de la causa de los residuos o la contaminación, y una "positiva" mediante la concesión de exenciones fiscales para fomentar la innovación de productos y procesos en favor del desarrollo sostenible. El denominador común es la adhesión al modelo de fiscalidad funcional, basado tanto en el uso de instrumentos de promoción como en herramientas fiscales que no persiguen exclusivamente las necesidades de ingresos. La tributación lineal (caracterizada por la neutralidad) debe dar paso a la tributación circular, implementando un impuesto promocional para el medio ambiente, gravando los desechos y promoviendo la reutilización y el reciclaje.
El análisis comparativo realizado en el marco de la cotutela de tesis ha permitido analizar las respuestas del ordenamiento tributario italiano y español a los retos que plantea la economía circular. La investigación ha mostrado que la posibilidad de un enfoque promocional y funcional de la fiscalidad en apoyo de la transición a la economía circular está respaldada en ambos los ordenamientos. En el marco de los principios fundamentales comunes que inspiran la fiscalidad, la doctrina española e italiana han compartido la misma sensibilidad en materia de derecho promocional y extrafiscalidad. En el transcurso del análisis, se pusieron de manifiesto una serie de medidas fiscales en las que un enfoque más estratégico permitiría a la fiscalidad apoyar la transición hacia el nuevo paradigma medioambiental, en la senda indicada por las recientes disposiciones europeas contenidas en las Directivas sobre la economía circular.
Las consideraciones realizadas permiten sostener que el legislador español parece haberse encaminado hacia un enfoque amplio y estratégico para apoyar la transición. Es de esperar, sobre la base de lo demostrado hasta ahora, que este enfoque sea adoptado también por el legislador italiano.
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