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Resumen de Derechos de tercera generación y su inaplicabilidad en la "arquitectura" económica internacional vigente: una mirada desde el personalismo comunitario, desafíos para el derecho internacional y el papel de la economía

Jaime Abedrapo

  • La motivación por saber el por qué de la pobreza en tiempos de abundancia, cuál es la causa primera de la degradación del medio ambiente, cómo se intenta remediar la situación de sobre explotación de los recursos naturales, cuáles son los derechos vulnerados y cómo el sistema internacional actúa a favor de remediar la situación, se asumió como ejes de la investigación tras el estudio del derecho al desarrollo. Al respecto, se contrastaron los principios ¿rectores¿ del orden internacional versus el actuar de los Estados, las políticas de la gobernanza económica mundial y en especial las ideas predominantes desde la modernidad.

    La investigación analiza la ¿arquitectura¿ económica internacional, la que ha sido capaz de supeditar el orden político al económico y se ha desentendido de las personas. Ahora hablamos de individuos y la libertad no es un medio, sino que un fin carente de contenido. Por tanto, antes de iniciar el camino de las posibles respuestas a las preguntas primeras, se abraza una idea de persona humana, la que nos permite desde un sustento puesto en su dignidad valorar el ethos predominante y sus secuelas a través de la gobernanza internacional, que en muchas ocasiones obstaculiza la protección integral de los derechos humanos .

    La tesis viene a interpelar al compromiso, a mostrar un fastidio ante el sin sentido de los Estados amorales propios del siglo XX, que en consideraciones de Hans Morguenthau, Kenneth Waltz, Henry Kissinger, entre muchos otros, no cabe interpelar a la ética. No confundirse, tampoco se pretende buscar respuestas en los idealismos Hegelianos, Mazzinianos, Wilsonianos y tantos otros, que en algunos casos han contribuido a que la utopía se transformase en sistemas totalitarios. Estos prescinden de la comprensión de los derechos humanos en la perspectiva de la dignidad de la persona .

    En esta investigación hemos abrazado el personalismo ¿ comunitario que inserta las ciencias morales en el estudio de los actos humanos tanto a nivel personal como grupal, es decir volver a la política a través de los caminos trazados por Aristóteles y secundados por el cristianismo (Greco ¿ Cristiano), con nombres tales como Buber, Péguy, Mounier, Maritain, Millán Puelles, entre otros iusnaturalistas ontológicos, cuyo común denominador es el entendimiento y defensa de la persona humana, sustentada en su propia dignidad , la cual debiera moldear la política internacional y no viceversa. Por tanto, nos alejaremos de los enfoques que señalan, como Rafael Aguilera, que los derechos humanos son una de las grandes invenciones de la modernidad jurídica y política en nuestra cultura occidental , y entenderemos que la dignidad humana es el conjunto de derechos y deberes que permiten al ser humano desarrollar sus potenciales, y así ser persona .

    La modernidad ha confundido lo humano, al no reconocer su esencia y por extensión de sus derechos, ya que los radica mayoritariamente en el consenso iuspositivista , en el pacto social, en un sistema internacional de imposiciones que sufrió procesos de conquista y colonización, cuya extensión de lo mismo ha sido, como intentaremos demostrar, la denominada gobernanza mundial que ha significado la desvertebración del Derechos Internacional . En ese sentido, la Tesis cuestiona la dinámica de los regímenes internacionales vigentes, ya que no existe orientación a qué ocurre cuando el consenso no da respuestas jurídicas a la situación de las limpiezas étnicas, pueblos que siguen bajo ocupación, migrantes a razón del cambio climático, desplazamiento forzado por causa de la pobreza, entre muchas otras situaciones . La investigación advierte que desde el iuspositivismo metodológico o cientificismo llegáramos a un caso como tal en que vaciaremos los contenidos de los derechos humanos porque el ethos cultural postmoderno tiende a relativizar lo ¿avanzado¿ en término de protección de derechos humanos. Probablemente la legitimidad del consenso esté en la mayoría y en su aplicación a todos por igual , lo que denota una falacia en el planteamiento jurídico, ya que se sitúa por sobre la categoría ética, cultural e histórica que nos plantea Luís Sanchos como consustantiva a la legitimidad de la norma .

    De esta manera, se analiza la lógica y dinámica de las actuales directrices de su gobernanza mundial, para así comprender el paradigma que sirve de soporte al estudio de las relaciones internacionales contemporáneas, ya que este sería el pilar de la legitimidad de las mismas. Ello se nos presenta como menester para proponer un cambio en los cimientos del (des) orden económico mundial, permitiendo así la aplicabilidad del derecho al desarrollo de los pueblos .

    Ese sería el sustento que nos permitiría, en perspectiva, entregar argumentos para la dirección que debiera asumir la gobernanza mundial en vista de la renovación del pensamiento, entendiendo por ello la responsabilidad primera de la acción de las personas ¿ ciudadanos, desde las cuales se permitiría el cambio cultural que condicione a los Estados a modificar sus intereses y hacer viable el derecho del desarrollo.

    En consecuencia, el propósito es presentar el cómo se puede establecer un nuevo marco social para la aplicabilidad de los Derecho de Tercera Generación . En este sentido, la investigación resitúa el papel que juega la sociedad civil internacional organizada. En este aspecto, situaciones como el cambio climático nos manifiestan la urgencia en la implementación de las normas de protección medioambiental y, especialmente, reformas en el modelo de desarrollo, en vista a evitar la continuación de los desastres provocados por ello y que están afectando a millones de personas .

    Consecuentemente se presentará como alternativa el modelo de desarrollo denominado de economía social y ecológica de mercado (ESEM), que en sí mismo requiere de un ¿empoderamiento¿ de la ciudadanía como estrategia central para conseguir modificar la lógica actual (ideológica y de intereses) de la ¿arquitectura¿ económica mundial. Reforma que en sí contempla axiomas contrarios al liberalismo político triunfante en el sistema internacional, el cual es causa espiritual de la crisis de aplicabilidad de los derechos humanos, particularmente porque no han sido observados desde la diversidad, confundiéndose intereses con leyes naturales. Ello afecta a las sociedades actuales, requiriendo un renacimiento del pensamiento comunitarista y un distanciamiento del escepticismo, recipiente del ethos cultural que interpreta los derechos humanos contemporáneos.

    La observancia del subjetivismo nos permitirá comprender la tormentosa relación entre los regímenes autocontenidos y las garantías o protección de la persona, en aspectos que se muestran como contradictorios (ejemplo los AMUMA). Así, nuevamente la investigación da la importancia a la acción de la sociedad civil organizada que se ha puesto frente a la ¿arquitectura¿ económica internacional, reivindicando el ¿empoderamiento¿ de la persona humana, es decir, implícitamente alberga el objetivo o dimensión societal, y reivindica las ciencias morales de manera difusa y en un escenario mundial dinámico, incierto, en el cual el postmodernismo no nos permite abrigar la idea de una aplicabilidad de los Derechos de Tercera Generación, incluso abriendo la posibilidad de erosionar (como está ocurriendo) los de primera y segunda generación, permitiendo dudar del estado actual de la denominada Sociedad Internacional fundada en el período de post guerras mundiales.


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