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Responsabilidad administrativa y civil por daños a la salud: actos sanitarios y contaminación acústica

  • Autores: María Zaballos Zurilla
  • Directores de la Tesis: José Antonio Moreno Molina (dir. tes.), Ángel Carrasco Perera (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Castilla-La Mancha ( España ) en 2021
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: José Luis Piñar Mañas (presid.), Carmen González Carrasco (secret.), César Augusto Romero Molina (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: RUIdeRA
  • Resumen
    • La responsabilidad patrimonial de la Administración pública es considerada como una de las mayores garantías de los ciudadanos frente a los daños consecuencia de la actividad (o inactividad) por parte de los poderes públicos. Durante décadas se ha defendido a ultranza el carácter objetivo de este tipo de responsabilidad basado en la idea de antijuridicidad del daño. Esta caracterización es revisada a lo largo de la tesis donde se pone de manifiesto cómo los sistemas de responsabilidad patrimonial de la Administración y la responsabilidad civil cada vez son más próximos, pues la responsabilidad patrimonial no es más que la responsabilidad civil de la Administración, quedando desdibujada totalmente en la actualidad esa noción de objetividad, al menos en el ámbito sanitario.

      La tesis realiza un profundo estudio jurisprudencial en materia de responsabilidad patrimonial sanitaria, en el que se abordan los criterios claves seguidos por los órdenes jurisdiccionales administrativo y civil para proteger al consumidor de los daños causados por el servicio público sanitario, entre otros, por infracción de la lex artis, daño desproporcionado, pérdida de oportunidad, etc. Daños que van a surgir de la asistencia sanitaria prestada de manera deficiente, ya sea en el ámbito público o privado.

      Habida cuenta del importante daño que las inmisiones acústicas pueden causar a la salud, he considerado oportuno incluir en el trabajo varios capítulos sobre las mismas, analizando los mecanismos que en sede de responsabilidad ofrecen las vías administrativa y civil. Este ámbito concreto permite no sólo comparar la tutela ofrecida por ambas vías, sino también que dentro del mismo estudio se analicen daños cuyo origen es diverso, pues en este tipo de casos, a diferencia de lo que sucede en sede de responsabilidad sanitaria en sentido estricto, el daño no surge siempre de la actividad desarrolla por la Administración, sino que también puede tener su origen en la conducta llevaba a cabo por un particular, si bien, en este caso, mi interés se centrará en la responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios públicos, preferente municipales, por daños a la salud provocada por la contaminación acústica.


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