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Análisis del régimen jurídico del canis lupus signatus en la península ibérica

  • Autores: Andrés Eugenio Lopez Berral
  • Directores de la Tesis: Aitana de la Varga Pastor (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Rovira i Virgili ( España ) en 2022
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Lucía Casado Casado (presid.), Judith Gifreu i Font (secret.), Blanca Soro Mateo (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad Rovira i Virgili
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: TDX
  • Resumen
    • debe incluir la justificación y necesidades de la investigación, metodología utilizada y conclusiones más relevantes La presente investigación tiene como objeto el estudio del régimen jurídico del lobo ibérico (canis lupus signatus), tanto antes como después de la reforma jurídica producida por la Orden TED/980/2021, evaluando la regulación de esta especie endémica de la Península Ibérica.

      El interés por el estudio del régimen jurídico del canis lupus signatus se fundamenta en la imperiosa necesidad que tiene la conservación de la biodiversidad en nuestro país, máxime cuando después del estudio de los datos y las diferentes normativas jurídicas existentes en nuestro país estamos asistiendo a la historia de una vulneración jurídica, que ha aplicado normas antagónicas respecto al régimen de protección de esta especie, es por este motivo que se pretende abordar un estudio exhaustivo de la normativa para fundamentar y poder aportar una cierta luz al marco jurídico que rodea a esta especie.

      En este sentido, hay que comentar que el canis lupus signatus, en la actualidad es una de las especies más amenazadas de la Península Ibérica en parte debido a que ha tenido una regulación jurídica dispar históricamente dependiendo del lugar donde se encontrará hasta 2021.

      Así mismo, el canis lupus signatus ha sido un ejemplo de ilegalidad jurídica sostenida en el tiempo, que hasta la Orden TED/980/2021 ha mantenido un incomprensible sistema de regulación jurídico de carácter bicéfalo estableciendo diferencias jurídicas respecto a su estatus de protección dependiendo del lugar donde se encuentre geográficamente la especie.

      Esta histórica diferenciación jurídica sobre esta especie se mantiene en el derecho interno de nuestro país durante muchos años perjudicando el estado de conservación de la especie, puesto que este hecho se derivaba de la transposición de las reservas establecidas en el derecho europeo, concretamente en el Convenio de Berna y la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

      Efectivamente, esta reserva jurídica establecida en el ámbito de la Unión Europea estableció el “status quaestionis” del presente corpus puesto que el canis lupus signatus podía someterse a medidas de “gestión” en los territorios del norte del río Duero, y por el contrario estaba estrictamente protegida en el sur de este mismo río. Esto no hace sino establecer un régimen jurídico diferente en función del lugar territorial donde se encontrará la especie, lo que fomentaba que las medidas de conservación sobre la especie no tuvieran la coherencia necesaria para garantizar la supervivencia de esta especie incluso en aquellas zonas donde estaba protegida.

      La regulación sostenida por España y las Comunidades Autónomas como podremos observar a lo largo de esta investigación era ilegal en cuanto no se ajustaba a lo establecido por la Directiva Hábitats, pero además la posteriormente reforma mediante la Orden TED/980/2021 veremos que solo es una norma para cumplir parcialmente la ley, pero no para garantizar el estado de conservación favorable de la especie.

      Así pues, la incorrecta regulación jurídica de la especie se traduce en que hasta 2021 una regulación ilegal irradia todo el ordenamiento jurídico de nuestro país, creando una importante disparidad normativa, lo que se tradujo en una incorrecta forma de conservación para la especie, que genera un desequilibrio ambiental sobre todo en el ecosistema, lo que finalmente además acaba traduciéndose no solo en un problema jurídico para el canis lupus signatus, sino que finalmente acabo teniendo una incidencia directa sobre todo el ecosistema.

      Así mismo, y delante de esta disyuntiva jurídica nuestra investigación se inicia en 2018 con una regulación sostenida claramente vulnerando la ley, por lo que contribuyendo a través de alegaciones ante la administración conjuntamente con otras organizaciones no gubernamentales intentado dar respuesta al problema jurídico nace la Orden TED/980/2021 en la que se participa activamente y se proponen mejoras, algunas de ellas adoptadas por el MITECO como el caso de la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas.

      La finalidad de esta investigación es clara, establecer un marco jurídico de protección para el canis lupus signatus enmarcado dentro del ordenamiento jurídico, y por tanto ajustado a derecho pero teniendo como único objetivo establecer una regulación que garantice su estado de conservación favorable.

      La importancia de la presente investigación jurídica en la sociedad actual además es capital puesto que sobre esta especie existe un importante conflicto social que se fundamenta en una deficiente regulación jurídica, como veremos a lo largo de esta investigación.

      La principal hipótesis de la presente investigación jurídica sostiene inicialmente la inadecuación jurídica de toda la regulación realizada sobre el canis lupus signatus en España hasta 2021, siendo la Orden TED/980/2021 una regulación encaminada como veremos al cumplimiento de la Directiva Hábitats, que aun cumpliendo parcialmente actualmente la ley sigue vulnerando la citada Directiva en tanto en cuanto no se garantiza el estado de conservación favorable de la especie.

      En este mismo sentido, se sostiene también en esta investigación la inadecuación del sistema de gestión de la caza como herramienta de gestión ambiental cuando se aplica a grandes carnívoros, la necesidad de realizar una regulación jurídica conjunta con los hábitats naturales y los ungulados silvestres, y la necesidad de reformulación de los censos de la especie.

      Esta investigación tiene un importante valor científico para nuestra comunidad, no solo por ser el primer estudio jurídico que aborda todas las cuestiones relacionados con la protección del canis lupus signatus de forma integral, sino porque además pone de manifiesto todas las deficiencias que afectaron y afectan a esta especie lo que ha redundado en una incorrecta protección jurídica del canis lupus signatus, y ha tenido importantes repercusiones en los ecosistemas.

      La metodología utilizada para abordar la presente investigación tiene un enfoque intersectorial, inductivo y horizontal es por ello que esta investigación se centra con carácter general, un tipo jurídico-propositivo. A través del análisis de la legislación vigente, la jurisprudencia, y la doctrina se pretende así analizarla y cuestionarla en lo que atañe a la gestión del lobo ibérico (o canis lupus signatus), evaluando los errores de esta normativa e indicando posibles soluciones para poder realizar reformas concretas sobre la materia.

      No obstante, algunos apartados también tendrán un carácter jurídico-comparativo, porque para sentar las bases de una reforma y darle a esta consistencia, esta se tendrá que comparar con otros sistemas jurídicos vigentes ofreciendo así propuestas para solucionar los problemas detectados en base a la aplicación de medidas implementados por otros países o entidades territoriales (salvando claro algunas diferencias, y teniendo en cuenta la peculiaridad de la raza canis lupus signatus dentro de la Península Ibérica de esta forma se pretenden articular soluciones que sean lo más integradoras posibles basándonos en modelos ya existentes, y avanzar un paso más para conseguir, de este modo, una legislación eficaz para la protección del canis lupus signatus.

      La técnica de investigación jurídica para realizar esta investigación se nutre de las directrices del Dr. WITKER VELAZQUEZ, Jorge en la que siempre deberán tener como objetivo principal “fomentar un autoaprendizaje para aquel que investiga, lo cual le permitirá tener un criterio jurídico amplio, práctico y eficiente para la vida social en esta era de globalización y estimular al maestro a estar al día en su materia”.

      Por lo tanto con esta premisa hay que tener presente que las técnicas de investigación que se utilizarán serán de una investigación de carácter mixto, puesto que se trata de una investigación jurídica que se centra en el estudio de la normativa pero también incorpora el estudio de datos científicos, así como aspectos de la práctica jurídica que son de aplicación para la protección de la biodiversidad y del canis lupus signatus que en esta investigación deben incluir en su adecuación legal.

      En este mismo sentido, la investigación se circunscribe dentro de la categoría jurídico-propositivo y comparativo puesto que, por un lado se compone de una investigación de carácter dogmático, puesto que se compondrá de las fuentes documentales que se basa principalmente en las normativas jurídicas, así como doctrina, reflejada en libros, revistas, manuales, conferencias, seminarios, y jurisprudencia a través de estas fuentes se pondrá en evidencia el problema jurídico.

      Además, tiene una vertiente jurídico empírico o también conocida como realista, puesto que se pretende observar también el comportamiento de instituciones, personas, y circunstancias en las que se dan los hechos que afectan al canis lupus signatus.

      La pretensión de este trabajo es realizar una investigación y análisis de toda aquella normativa tanto del ámbito internacional, europeo, nacional y autonómico que como podremos observar serán desgranadas para hacerlas comprensibles y ayudar a comprender las conclusiones de esta investigación jurídica de la forma más sencilla y sintética posible.

      La presente investigación quiere demostrar que el sistema jurídico anterior y actual alrededor del canis lupus signatus son insuficientes y que otro tipo de gestión del canis lupus signatus porque si mejoramos el ecosistema del lobo y su estatus jurídico de protección, esto se traducirá en una mejor gestión sobre el resto de especies de nuestros ecosistemas y comportará una disminución de los problemas asociados a la gestión de otras especies que en la actualidad sufren en otros territorios como puede ser por ejemplo la sobrepoblación de jabalís o corzos.

      La principales conclusiones de esta investigación pueden resumirse en: la incorrecta aplicación del derecho sobre la especie, la incorrecta gestión de la especie a través de la actividad cinegética, la incorrecta gestión de los espacios naturales configuradas como islas, y una base científica para la conservación de la especie subjetiva basada en datos no ajustados con la realizada biológica de la especie.


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