Los hispanojudíos expulsados en 1492 de los Reinos de Castilla y Aragón han mantenido el idioma y las costumbres de la Península Ibérica de la época medieval; son los llamados sefardíes o sefarditas. Al verse forzados al éxodo llevaron consigo tales rasgos que les diferenciaban, en primera instancia de otros pueblos con los que convivían (turcos, griegos, eslavos), y también de los judíos centroeuropeos (askenazíes). El mantenimiento de estos rasgos hispánicos se llevó a cabo de modo natural y sin mantener contacto directo con España ni con los españoles peninsulares.
Tras tres siglos y medio, en 1869, debido a la influencia de los movimientos liberales postrevolución francesa, se proclama en España la libertad religiosa, a consecuencia del proceso revolucionario del año anterior. La introducción de este derecho en la Constitución española abre la etapa de análisis de la tesis. El cierre de la cuestión se da con la reintegración de los sefardíes en España a través de la obtención de la nacionalidad por carta de naturaleza, en un proceso abierto a todos quienes acrediten su origen sefardí.
Se ha establecido la siguiente hipótesis: ¿Las leyes españolas que afectan a los sefardíes comprendidas en el periodo 1869-2015 en virtud del reconocimiento de derechos y carta de naturaleza para la nacionalización, obedecen a un interés político, económico y, última instancia diplomático, iniciados en la conceptualización del pensamiento filosefardí, y no en el reconocimiento y restablecimiento de libertades debido a la reparación histórica, objetivo que hace suyo la última ley de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes de 2015. La legislación compendiada ha comportado la no-reintegración de los sefardíes en la sociedad española contemporánea, el no-acercamiento efectivo y, por tanto, la no-consecución de los objetivos perseguidos en las disposiciones normativas¿.
El trabajo compila y revisa críticamente las normas jurídicas que España ha promulgado durante el periodo 1869-2015 con el fin de investigar la motivación de las élites en su acercamiento a los sefardíes. Estructurado en etapas lineales y consecutivas marcadas por la publicación sucesiva de leyes, resultando un compendio novedoso de la legislación española sobre los sefardíes. Además, se interrelaciona la normativa española con otras normas internacionales y se define el posicionamiento de la Iglesia católica respecto la minoría religiosa judía en España, en tanto que el derecho eclesiástico ha marcado habitualmente una tendencia respecto al trato de los sefardíes.
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