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Los derechos de autor de los Humanoides: las creaciones del intelecto artificial en un mundo global e interconectado

  • Autores: Miguel Ortego Ruiz
  • Directores de la Tesis: Carmen Otero García-Castrillón (dir. tes.), Eduardo Serrano Gómez (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Complutense de Madrid ( España ) en 2021
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 576
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Carlos Rogel Vide (presid.), Lidia Moreno Blesa (secret.), Susana Navas Navarro (voc.), Miguel Angel Lacruz Mantecon (voc.), Aurelio López-Tarruella Martínez (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid
  • Materias:
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Los sistemas de inteligencia artificial (basados en cerebros artificiales formados a partir de sistemas neuronales que aprenden autónomamente"machine learning y deep learning") producen creaciones del tal calidad y resultado que si provinieran de un humano directamente se protegería por derecho de autor¿a unos y otros¿, sin más. En particular, los robots inteligentes se han destacado como entidades capaces de crear obras en diferentes áreas artísticas tales como la pintura, música o literatura.

      En cambio, el hecho de que su autor material sea un agente artificial lo impide en la práctica totalidad de los ordenamientos jurídicos, abocando las obras al dominio público en el mejor de los casos. Con todo, los sistemas de inteligencia artificial creadores de obras son una realidad irrefutable que ha venido para quedarse.

      Ello supone un reto para el derecho de autor (quizá el mayor en muchos años) que requiere de un profundo análisis y revisión de sus cimientos. El más fundamental de todos ellos consiste en la posibilidad de las producciones creativas o intelectuales de los sistemas dotados de inteligencia artificial se consideren como obras a estos efectos y, por consiguiente, tanto éstas como sus autores reciban la tutela que el ordenamiento jurídico concede en estos casos al amparo de la normativa de propiedad intelectual nacional e internacional.

      Por ello, esta tesis afronta el estudio de estas cuestiones desde la hipótesis de que, por un lado, las obras de los robots inteligentes son aptas para su tutela y, por otro, que los robots inteligentes perfectamente pueden cualificar como autores y operar jurídicamente como tales, para lo cual es imprescindible implementar una nueva categoría de la personalidad¿los humanoides¿que los recoja como sujetos de Derecho.

      Las especiales circunstancias de estos sistemas de inteligencia artificial (principalmente sus altísimas capacidades de aprendizaje y creativas¿autónomas¿, en ocasiones muy superior a las humanas, así como su constante conexión a Internet) hacen que las soluciones jurídicas no se localicen¿ni deban buscarse¿a nivel local sino en un ámbito mundial y globalizado, por lo que resulta imprescindible llevar el estudio al ámbito internacional y del Derecho comparado (principalmente respecto de los países en los que esta tecnología está más desarrollada¿EE.UU., Reino Unido, Japón, China y Australia¿ ) y en donde las soluciones de Derecho Internacional Privado que identifiquen las concretas regulaciones en cada caso resultan esenciales.

      Desde esta perspectiva, la primera parte de este trabajo se destina al estudio de la personalidad en Derecho y la implementación de una nueva categoría de los derechos de la personalidad en favor de los sistemas de inteligencia artificial que se denominaría la personalidad humanoide; concluyendo que se trata de una institución al servicio de la realidad que regula y que nada impide que ello se acometa. Asumido lo anterior, la segunda parte de la obra se centra en los sistemas de inteligencia artificial como sujetos de derechos y obligaciones en materia de derecho de autor y sus creaciones intelectuales como obras, ambos como aptos para su tutela por esta disciplina o, de no serlo, si es factible y óptimo que lo sean, en su caso, y qué debería ocurrir para ello. Ya adelanto que ello sería posible, razón por la que se apunta aquí un eventual sistema de derechos (en el que desaparezcan la distinción entre derechos morales y patrimoniales o, al menos, se diluyan los primeros en los segundos) y los límites de autor de las máquinas inteligentes en un entorno global e interconectado.

    • English

      Waste management is one of the current challenges of the Society because of the growth of the world population, the improvement in the quality of life, the increase in the size of cities and the changes in both consumption and style life of citizens. In this way, more and more wastes are generated. It is estimated a 70% n increase for the year 2050, reaching 3.4 billion tons of municipal solid wastes (MSW) (1). A good waste management is essential to protect the environment, the health, and the quality of life in the future. Therefore, it is important to minimize the impact of waste on the environment. Current European policies and legislation (Framework Directive 2008/98/EC; Law 22/2011) are based on promoting the reduction, reuse, recycling,and recovery of wastes, moving from a linear to a circular economy. However, despite the efforts made, more than 50% of the wastes generated in Spain still ends up in controlled landfills (2). In landfills, several chemical and biological degradations occur which, together with the percolation of rainwater, generate a residual effluent with a high pollutant load, called landfill leachate (LL)...


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