Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de La configuración del daño y su relación con el nexo causal en la responsabilidad civil del abogado por incumplimiento contractual

Loreto Carmen Mate Satué

  • Cuando un profesional de la abogacía desempeña su trabajo incumpliendo negligentemente las obligaciones asumidas en virtud de la relación contractual que le vincula a su cliente, el elemento que plantea obstáculos es el que podríamos llamar el presupuesto primario de todo el conjunto normativo que regula la responsabilidad civil y que no es otro que el daño, lo cual es bastante sorprendente porque parece poco razonable que un sistema normativo arbitrado para la reparación de los daños causados, en un caso concreto como el que aquí se analiza se aplique para comprobar si efectivamente el incumplimiento negligente del profesional genera un daño y, en su caso, cuál es su alcance.

    En el ámbito de la responsabilidad civil del Letrado se reiteran una serie de ideas sobre la configuración del daño que causa el abogado. Así, cuando un Abogado deja pasar un plazo para la interposición de una demanda o recurso, el daño que causa es la privación del derecho a la tutela judicial efectiva contemplado en el artículo 24 de la Constitución española; también la pérdida de oportunidad procesal cuando la probabilidad de obtener la satisfacción del derecho del cliente no es desdeñable. Con idéntica contundencia, se rechaza que el daño que causa el abogado sea identificado con la frustración de la pretensión del cliente.

    El trabajo comienza con un análisis de la responsabilidad civil, penal y disciplinaria a que está expuesto el Abogado cuando realiza incorrectamente su trabajo y a la delimitación entre ellas, lo cual resulta especialmente necesario porque la articulación que el ordenamiento jurídico efectúa de estos tres órdenes de responsabilidad se realiza en torno al «incumplimiento de los deberes profesionales» y al «daño causado al cliente», por ello es importante estudiar sus líneas de separación, la compatibilidad o incompatibilidad entre ellas, así como sus posibles conexiones.

    Una vez centrados en la responsabilidad civil del Abogado, debe tenerse en cuenta que se trata de responsabilidad contractual, lo que justifica un examen en el Capítulo 2 de la relación jurídica entre el Letrado y su cliente, en el que se estudian cuestiones como el valor jurídico de las obligaciones deontológicas o las que imponen las normas reglamentarias como las que recoge el Estatuto General de la Abogacía. Otros aspectos de la relación contractual que pueden tener incidencia de algún modo en la responsabilidad civil también son abordados en este Capítulo, como el relativo a la formalización del acuerdo en una hoja de encargo que ayuda a precisar el contenido del mismo, lo que es relevante, como se expondrá, a la hora de valorar si concurre o no incumplimiento.

    La responsabilidad por incumplimiento de la relación jurídica que vincula al Abogado con su cliente no está regulada específicamente, circunstancia que nos deriva al cuadro de remedios aplicables con carácter general en caso de incumplimiento de obligaciones sinalagmáticas, el cual se concentra en torno a las acciones recogidas en los artículos 1124 y 1101 del Código civil, además del artículo 1096 también del Código civil. El estudio de esta cuestión nos conduce al análisis de los elementos de la responsabilidad civil por daños derivados del incumplimiento contractual del profesional de la Abogacía.

    El primero de estos elementos es el incumplimiento contractual del Letrado cuya concurrencia, en contratos de servicios permite dar por acreditada la negligencia o culpa o viceversa, la acreditación de la negligencia permite dar por concurrente el incumplimiento. Esta cuestión se analiza en el Capítulo 4 en el que se hace referencia a los diferentes supuestos de incumplimiento, tanto de la obligación principal como de las obligaciones accesorias que asume el Abogado cuando acepta un encargo profesional.

    La tercera parte de la tesis se inicia con un planteamiento de los problemas que suscitan los otros dos elementos del supuesto de hecho de la responsabilidad civil, el daño y el nexo causal, en la medida en que, en esta materia, una determinada configuración del daño, en principio, permite apreciar la existencia de nexo causal. La especificidad que plantea esta materia es la incertidumbre que rodea el resultado del procedimiento jurisdiccional que el Abogado entabla o debía entablar en defensa de los intereses de su cliente. Tomando esta característica como punto de referencia, se plantea si, como hasta ahora, la solución de las dificultades que se suscitan en esta materia debe ubicarse en torno al daño o si, acaso, el protagonismo debe ceder a favor del nexo causal.

    La articulación que se hace del daño en la responsabilidad civil del Letrado exige plantearse si deben asumirse estas categorías o si, por el contrario, dichas ideas debían ser matizadas o, incluso, descartadas; en particular la cuestión relativa a la configuración del daño que causa un Abogado como daño moral derivado de la privación del derecho a la tutela judicial efectiva es objeto de especial atención.

    Posteriormente, se analiza el nexo causal y, en relación con él, debe abordarse el estudio de la teoría de la pérdida de oportunidad. Ese planteamiento y esa perspectiva de estudio conjunto del daño y el nexo causal permiten efectuar una lectura propia de los problemas que suscita la responsabilidad civil por incumplimiento de los Abogados y de las soluciones que corresponde dar a los mismos.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus