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La relación laboral especial del deportista profesional en el siglo XXI: aspectos contractuales, novedades y tendencias. La respuesta del derecho ante los cambios sociales en el deporte

  • Autores: Alfredo Martínez Pérez
  • Directores de la Tesis: José Luján Alcaraz (dir. tes.), Alejandra Selma Penalva (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Murcia ( España ) en 2020
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 345
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Miguel Cardenal Carro (presid.), Francisco Rubio Sánchez (secret.), Belén García Romero (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Sociedad, Desarrollo y Relaciones Laborales por la Universidad de Murcia
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: DIGITUM
  • Resumen
    • español

      Tras más de treinta años de la entrada en vigor del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio por el que se regula la relación laboral de los deportistas profesionales, se presenta la oportunidad, y ese es el objetivo del presente trabajo, de analizar el devenir de lo regulado en dicho texto en cuanto a las relaciones laborales que ampara y su adecuación a la realidad social del momento histórico que vivimos. Igualmente procede el estudio de aquellas relaciones profesionales tangenciales a la relación laboral de deportista profesional, pero que la normativa mencionada no recoge expresamente, y que deberían encontrarse en su regulación, tal y como preconizan la doctrina científica y la judicial. Todo ello visto desde el prisma de la actualidad y de las nuevas e incipientes profesiones que se han generado alrededor del deporte.

      Para cumplir dicho objetivo, estudiaremos cuáles son esas posibles nuevas profesiones, dando un breve repaso a las notas características de la relación laboral de deportista profesional, y también aquellas otras, no tan nuevas, sino que nacieron en la propia génesis del deporte en sí mismo, pero que siempre se han relegado a un segundo plano dentro del ámbito jurídico y que por vía jurisprudencial reclaman su inclusión.

      Estas profesiones, cuya calificación es objeto de un debate inacabado, van a ser estudiadas con un método clásico. Es decir, partiendo del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral de los deportistas profesionales, para buscar en la casuística judicial y en los criterios jurisprudenciales y doctrinales no solo una cabal comprensión del mismo, sino una opinión fundada acerca de su vigente actual y oportunidad de reforma.

      Como conclusión definitiva, hay que destacar la inoperatividad del modelo laboral deportivo actual, lo que exige una reforma del ámbito de la relación laboral especial del deportista profesional con el fin de ampliar de forma exponencial su ámbito subjetivo de aplicación, con la introducción de todas las figuras que se han analizado en el presente trabajo.

      Los menores, la mujer, los gamers, y todas aquellas realidades que han aparecido en fechas relativamente recientes en el panorama deportivo de la sociedad, deben tener su lugar en el ordenamiento jurídico y eso pasa por la derogación de la LD y del RD 1006/1985 y el dictado de nuevas normativas.

    • English

      After more than thirty years of the entry into force of Royal Decree 1006/1985 of June 26th, which regulates the employment relationship of professional athletes, the opportunity arises, and that is the objective of this work, to analyze the future of what is regulated in that text as regards the employment relations it covers and its adaptation to the social reality of the historical moment that we live. The professional relationships tangential to the labour relation of each professional athlete are required to be studied (o shall be studied), but the aforementioned regulations do not expressly include this which shall be specified in their regulation, as they advocate scientific and judicial doctrine. All this seen from the prism of nowadays and the new and rising careers that have been generated around sport.

      This objective will be achieved by studying what these possible new professions are, giving a brief review of the characteristic notes of the employment relationship of professional athletes, and also those others which are not so new since they were born in the very genesis of the sport itself, but which have always been relegated to the background within the legal field and through case-law claims their inclusion.

      These jobs, whose qualification is the subject of an unfinished debate, will be studied using a classical method. That is, on the basis of Royal Decree 1006/1985, of June 26th, which regulates the employment relationship of professional athletes, to seek in judicial case and in the jurisprudential and doctrinal criteria not only a full understanding of it, but also an opinion founded on its current and opportunity to improve.

      As a definitive conclusion, it is worth highlighting the inoperability of the current sports work model, which requires a reform on the field of the special job performance of the professional athlete in order to exponentially expand its subjective scope of application, with the introduction of all the figures that have been analyzed in this study.

      Minors, women, gamers, and all those realities that have appeared on relatively recent dates in the sporting landscape of society must have their place in the legal system that will be accomplished through the repeal of LD and RD 1006/1985 as well as the dictation of new regulations.


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