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A jurisdição civil no estado de direito socioambiental: A (im)possibilidade de superação de precedente judicial em razão da incoerência com o paradigma da sustentabilidade

  • Autores: Rudson Marcos
  • Directores de la Tesis: Gabriel Real Ferrer (dir. tes.), Francisco José Rodrigues De Oliveira Neto (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante ( España ) en 2020
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Gabriel Real Ferrer (presid.), Elizabeth Stella Basto Gómez (secret.), Francisco José Rodrigues De Oliveira Neto (voc.), Pedro Manoel Abreu (voc.), Marcelo Buzaglo Dantas (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad de Alicante
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: RUA
  • Resumen
    • MOTIVACIÓN DE LA TESIS Esta Tesis Doctoral investiga la forma de organización política y legal de los estados contemporáneos, indicando la posibilidad de estructurar el estado de derecho social y ambiental, como un reclamo legítimo de las sociedades civiles para acciones gubernamentales dirigidas a la preservación del medio ambiente a escala global. Se articulan mecanismos de procedimiento que pueden contribuir a la solidificación de los fundamentos de esta forma de organización estatal. El trabajo comienza con la investigación del proceso de formación del Estado de Derecho, sus desarrollos y sus concepciones relacionadas con la movilización en torno a la Sociedad Civil para la formación del Estado de Derecho Socioambiental, haciendo una comparación entre la realidad brasileña y española. El presente trabajo está divido en cuatro capítulos y pretende ofrecer una nueva perspectiva de la historia de las organizaciones de las Sociedades y de los Estados, articulando los distintos modelos de desarrollo de los pueblos, con el efectivo progreso de la especie humana en la Sociedad de Riesgo preconizada con Ulrich Beck. El tema central de la investigación se refiere al análisis en cuanto a la posibilidad de articulación de un nuevo modelo teórico de Estado, en la posmodernidad, denominado de Estado Socioambiental de Derecho. Se procede a un intento de superación de los modelos Liberales y Sociales de Estados de Derecho, ante sus insuficiencias en el enfrentamiento de los principales desafíos de esta etapa civilizadora, marcada por la inefectividad de los Estados en la protección a los recursos ambientales, a escala planetaria, amenazados por el modo de vida típica de la Sociedad de Riesgo. El trabajo toma en cuenta que el agravamiento de la crisis ecológica en proporción global dio lugar a la necesidad de desarrollar la idea de Derecho Ambiental, en una primera etapa, pero enseguida se desarrolló la idea de hacer estudios relacionados también con la Sostenibilidad. Actualmente, la sostenibilidad multidimensional ha sido un campo de investigación fértil, propicio para la articulación de la investigación en diversas áreas del conocimiento, especialmente en los ámbitos político y jurídico. Con vistas a la delimitación del tema relacionado al Estado Socioambiental de Derecho y el actual paradigma de sostenibilidad, la presente obra se propone a estudiar el fenómeno de la aplicación de los Precedentes Judiciales, en la esfera de la jurisdicción civil, de modo a analizar el correcto y coherente uso de estos en la búsqueda por la tutela del medio ambiente y la sana calidad de vida para la Sociedad moderna. De este modo, el objetivo de esta obra es discutir la posibilidad de superación de aquel precedente judicial, sea de observancia relativa o obligatoria, que se presente incoherente con la dimensión ambiental en el paradigma de la Sostenibilidad. Por lo tanto, en el contexto de la lectura de los extractos anteriores, surgió el problema central del presente trabajo, que es analizar "cómo el uso de la mejor técnica disponible puede ayudar a superar precedentes judiciales (in)coherentes con el paradigma de sostenibilidad actual? El primer capítulo se titula así: 1. “De la formación del estado de derecho. Del Estado de Derecho Liberal al Estado de Derecho Social. Derechos Humanos. Derecho Ambiental y Sostenibilidad”, en esta sección, procedemos a analizar el proceso de formación del estado de derecho, sus contornos, sus concepciones originales y los diseños relacionados con la movilización en torno a la sociedad civil para la formación de esta entidad estatal, haciendo una comparación entre la realidad brasileña y la española. El primer capítulo también examina los avances en la preservación del medio ambiente, especialmente en los contextos globales y constitucionales, la influencia del despertar ecológico en la conformación de la ideología del socioambientalismo, concatenando estos pasos evolutivos con el progreso logrado en la esfera de los derechos. 2. El segundo capítulo, a su vez, se desarrolló bajo el título: "El Estado de Derecho Socioambiental: El paradigma de la sostenibilidad y la gobernanza global hacia la protección global del medio ambiente". Esta sección se ocupa del análisis de las condiciones que permiten identificar mecanismos constitucionales e instrumentos internacionales capaces de establecer las bases políticas y legales que catalizan el proceso formativo del estado de derecho socioambiental en varias naciones, principalmente en Brasil, España y la Unión Europea. 3. El tercer capítulo, a su vez, se llama así: “Teoría de los antecedentes judiciales. Antecedentes judiciales en el Código de Procedimiento Civil de Brasil”. Esta parte del trabajo está dedicada a investigaciones relacionadas con la teoría de los precedentes judiciales en el contexto del transjudicialismo globalizado, así como específicamente los impactos de adoptar la teoría de los precedentes judiciales en el texto del actual Código de Procedimiento Civil de Brasil, de 2015. Esta parte del trabajo también se dedica a investigaciones relacionadas con la aproximación del civil law y las tradiciones del common law, inseridas en el actual sistema procesal civil brasileño, articulando la introducción de institutos de esta tradición de derecho al sistema legal instalado en Brasil a partir de 2015. El tercer capítulo también se preocupa en identificar las eficacias vinculantes y persuasivas de los precedentes judiciales, legalmente previstas en el sistema procesal brasileño, así como las técnicas de flexibilidad del precedente judicial adoptadas por el legislador brasileño, articulándolas con doctrinas y experiencias judiciales en otros países, especialmente aquellos con una larga tradición en el uso de los precedentes, como Estados Unidos y Reino Unido. 4. El último capítulo trae el análisis de casos concretos sobre la posibilidad de superar el precedente judicial que se manifieste inconsistente con los postulados del derecho ambiental y en actual paradigma de sostenibilidad, no solo en Brasil, sino también por medio de hard cases ocurridos y juzgados en Brasil y España, así como en la Unión Europea. El objetivo general del trabajo es analizar la posibilidad de superar los modelos del Estado de Derecho Liberal y Social, con el fin de identificar la posibilidad de conformación del Estado de Derecho Socioambiental. A su vez, los objetivos específicos a perseguir en la presente investigación son tres, a saber: 1) Identificar el modo de producción y aplicación de la Ley, en una Jurisdicción de acuerdo con el Paradigma del Estado de Derecho Socioambiental; 2) Analizar los parámetros de coherencia de las decisiones judiciales en la jurisdicción civil y su potencial de previsibilidad en el sistema legal brasileño y, finalmente, 3) Investigar la posibilidad de superar los precedentes judiciales dentro de la jurisdicción civil brasileña, que resulte ser inconsistente con el Paradigma de la sostenibilidad en su dimensión ambiental. Luego, analizamos las condiciones que permiten la identificación de mecanismos constitucionales e instrumentos internacionales capaces de establecer las bases políticas y legales que catalizan el proceso formativo del Estado de Derecho Socioambiental en varias naciones. Para hacer este trabajo es crucial los estudios sobre la teoría de los precedentes judiciales, en el contexto del transjudicialismo globalizado, así como, específicamente, los impactos de la adopción de precedentes judiciales en el texto del Código de Procedimiento Civil brasileño de 2015. La investigación indica que si bien es incipiente hablar de la norma del derecho socioambiental, no obstante es creíble señalar que existe un creciente desarrollo global del constitucionalismo sensible bajo las premisas de Sostenibilidad en varias Constituciones en todo el mundo, como es el caso en Brasil y España. De hecho, la investigación académica y los resultados de esta muestran que los modelos liberales o sociales de la organización estatal ya no abordan una serie de preocupaciones y reclamos de las sociedades actuales, en gran parte debido a la complejidad y la dinámica de estas sociedades, además de empeoramiento sustancial del nivel de degradación ambiental en todo el planeta, lo que requiere una postura coherente y más uniforme por parte de los tribunales, que naturalmente debe buscar mejorar las técnicas y soluciones procesales, además de incorporar elementos vinculados a la "mejor técnica disponible" , en la teoría de los antecedentes judiciales, con miras a superar entendimientos inconsistentes con los vectores de sostenibilidad. El desarrollo de la Sostenibilidad, bajo la perspectiva de la multidimensionalidad, articula el reconocimiento del concepto económico, social y ambiental de esta categoría. Además de estas dimensiones, hay que tener presente que las tecnologías desempeñan una importante función en la búsqueda del progreso de las Sociedades y de los Estados. Sin embargo, el progreso deseado debe guardar vínculo con el Paradigma de la Sustentabilidad. Es precisamente en este punto que la investigación busca conciliar la técnica de decisión calcada en los precedentes judiciales, como mecanismo de previsibilidad del Derecho puesto, con la necesidad de progreso de la Sustentabilidad, en su concepto multidimensional, la cual se presenta esencialmente cambiante, por regirse por el criterio de desarrollo tecnológico y eso por veces también debilita la actuación de los tribunales e impide la confianza de los ciudadanos en estas. Se justifica la importancia del tema propuesto, relacionado a la posibilidad de superación de los modelos estatales liberales y sociales, ante la emergencia de la estructuración teórica de una forma organizacional del Estado que atienda a los principios socioambientales, puesto que la protección del medio ambiente, en su dimensión planetaria, constituye uno de los mayores desafíos del siglo XXI. Es importante decir que la reconstrucción de vínculos solidarios aptos a unir la especie humana, en su dimensión global, se muestra imprescindible, ya que el individualismo admitido e incentivado hasta entonces, muy en consecuencia por el modo de organización de la Sociedad que atiende precipitadamente a fines privados, ha desaguado en un ambiente de inseguridad, incertidumbre y de creciente disgregación de los lazos de la Sociedad. Se hace necesaria la refundación de un nuevo "pacto social", lo que demuestra la viabilidad de pensar en un "pacto socioambiental", para tal desiderato. En cuanto a los requisitos inherentes al ineditismo ya la originalidad, exigidos como condición para la admisión de la tesis doctoral, fueron debidamente contemplados en esta propuesta de tesis, presentada, en la medida en que se busca la demostración por medio de estudios multidisciplinares en cuanto a la posibilidad de pensar en un nuevo modelo de organización del Estado, a la que denominamos Estado Socioambiental de Derecho. En efecto, la conexión entre Sustentabilidad y la jurisdicción, en un contexto de Estado Socioambiental de Derecho es asunto inexplorado en investigaciones científicas, hasta el presente momento. La investigación se muestra inédita y original, también, porque no se tiene noticias acerca de la realización de investigaciones científicas dirigidas a analizar la conexión del sistema de precedentes previstos en el vigente Código de Proceso Civil brasileño, instituido en 2015, con el paradigma de la Sostenibilidad, en un contexto de posible estructuración del Estado Socioambiental de Derecho. En el ambiente de transnacionalismo jurídico en el que estamos viviendo, es cada vez más notoria la influencia de institutos típicos del sistema commom law en los sistemas jurídicos que presentan perfil jurídico afinado con el civil law y viceversa, en una verdadera simbiosis de institutos jurídicos y el Código de Procedimiento brasileño es una prueba de eso, además hasta ahora en lo que se refiere a los precedentes medio ambientales no hay mucha cosa investigada, lo que demuestra la importancia de esta tesis. En este particular es importante decir que la investigación pretende profundizar las investigaciones acerca de los mecanismos de superación de precedentes judiciales, en especial, en la temática relacionada al Derecho Ambiental, por cuanto se busca perquirir la estrategia de evolución del Derecho Ambiental y de la Sostenibilidad por la llamada "cláusula de progreso" o relacionando los sistemas de licencias y autorizaciones ambientales con un modelo de desarrollo denominado "mejor técnica disponible", aquí se usa la enseñanza de Tiago Antunes para elucidar todas las dudas sobre referido tema. En cuanto a la metodología a ser empleada en la presente investigación, se aclara, desde luego, que se consideraron los parámetros metodológicos adoptados por el Programa de Postgrado Stricto Sensu en Ciencia Jurídica - PPCJ, de la Universidad del Valle del Itajaí - UNIVALI. El método utilizado en la fase de investigación es el método lógico-inductivo. En la fase de tratamiento de los datos se utilizó el método cartesiano, por medio de la división y sistematización de los materiales de investigación recolectados. También se indica que en el informe final de la investigación se empleó el método lógico-deductivo. Por último, se aclara que durante las diversas fases de la investigación fueron accionadas las técnicas del Referente, de la Categoría, del Concepto Operacional, de la Investigación Bibliográfica y del Fichado. Con respecto a los problemas e hipótesis iniciadas en la presente investigación, en atención a las exigencias académicas y metodológicas en el ambiente de esta investigación, se explicita lo siguiente: Como problemas centrales, la investigación que se emprende pretende enfrentar los siguientes cuestionamientos: 1) ¿Qué es la Sustentabilidad y cuáles son sus principales dimensiones que se está desarrollando actualmente? 2) ¿Ante las configuraciones actuales de la Sociedad posmoderna, organizada en ambiente globalizado, es posible visualizar condiciones de superación de los modelos liberales y sociales de Derecho para un modelo de organización estatal denominado Estado Socioambiental de Derecho? 3) ¿En la jurisdicción civil brasileña, es posible la superación de precedente judicial que se muestre incoherente con el Paradigma de la Sostenibilidad, en su dimensión ambiental? En respuestas a estas hipótesis se presenta las siguientes respuestas. En primer lugar, hay que subrayar que la cuestión del concepto de Sostenibilidad y su multidimensionalidad implica un estudio multidisciplinario a partir de un referente histórico en cuanto al surgimiento y desarrollo del Derecho Ambiental. En este sentido, se busca construir un concepto de Sostenibilidad calcado en estudios e investigaciones anteriormente iniciadas sobre la categoría propuesta, para abarcar una visión actualizada y prospectiva del desarrollo de esta importante área del saber, aquí las obras de Gabriel Real Ferrer y Paulo Márcio Cruz fueron indispensables para llegar a este concepto. En lo que se refiere a la multidimensionalidad de la Sostenibilidad, la investigación centra esfuerzos en la presentación, análisis y desarrollo de las dimensiones ambientales, económicas y sociales de la Sostenibilidad. Para el segundo problema propuesto en la presente investigación, se entiende que las formulaciones que se engendran con el fin de superar modelos de organización estatal que ya no atienden a las reivindicaciones de las sociedades postmodernas parte del supuesto de que aún no se puede afirmar categóricamente que el " el actual momento en que se vive en diversos Estados nacionales se refiere al modelo de Estado Socioambiental de Derecho. Sin embargo, hay sospechas basadas en diversas investigaciones de que los modelos de organización del Estado, del tipo liberal o incluso social ya no responden a una serie de inquietudes y reivindicaciones de la Sociedad actual, muy por la complejidad y dinámica de esta Sociedad, pero también por el agravamiento sustancial del nivel de degradación ambiental en todo el planeta. Por último, en cuanto al tercer problema propuesto en esta investigación, la investigación identifica, aunque sumariamente, una respuesta positiva al cuestionamiento indicado. Esto porque, se sospecha que la existencia del surgimiento del Estado Socioambiental de Derecho, permite formular instrumentos procesales adecuados para que la Sociedad, en general, y el Derecho, en particular, puedan progresar por el natural desarrollo de técnicas y soluciones de que tanto es necesaria para que se pueda garantizar la protección ambiental y la concreción del paradigma de la Sustentabilidad. La investigación revela que mayoría de los países democráticos utilizan dos sistemas legales, a saber, el derecho consuetudinario y el derecho civil. Sin embargo, a lo largo de los años, especialmente después de la consolidación del Estado de Derecho Liberal, la caída del Muro de Berlín, el aumento de las políticas neoliberales en varios países europeos y latinoamericanos y la intensificación del proceso de globalización, se ver que incluso los países más en sintonía con la tradición legal del derecho civil comenzaron a incorporar institutos tradicionalmente utilizados en el sistema de derecho consuetudinario. Este es el caso de los precedentes judiciales introducidos en el sistema legal brasileño, a través del Código de Procedimiento Civil de 2015. Por eso, este trabajo comparó la protección ambiental dada por los legisladores brasileños y españoles con respecto al uso de precedentes judiciales en asuntos ambientales.

      DESARROLLO TEÓRICO Entre las referencias teóricas más importantes para corroborar el presente trabajo destacamos las de Gabriel Real Ferrer, Paulo Márcio Cruz, Fredie Didier Jr., Luiz Guilherme Marinoni y Tiago Antunes, quienes son referencias en el medio ambiente, la sostenibilidad, en el proceso civil, en los estudios de los precedentes judiciales y en el uso de la mejor técnica disponible, respectivamente, como instrumento para superar los precedentes judiciales en materia ambiental. Es importante resaltar que el presente trabajo busca analizar la técnica de decisión judicial, basada en la teoría de los precedentes judiciales, como mecanismo de previsibilidad y coherencia de la ley, especialmente en lo que respecta a los derechos sociales y ambientales. El propósito de esta investigación será demostrar si la teoría de los precedentes judiciales introducida en Brasil por la doctrina y, en parte contemplada por el Código de Procedimiento Civil de 2015, con el tiempo puede, de hecho, satisfacer los deseos de la sociedad y mejorar la defensa de derechos.

      CONCLUSIONES El resultado del análisis de la legislación nacional existente sobre el tema, así como algunas sentencias relevantes sobre el tema ambiental en los tribunales brasileños y españoles y algunos casos paradigmáticos del Tribunal Constitucional de Derechos Humanos ha desvelado el actual escenario del socioambientalismo en estos países. Pero, como dicho anteriormente, el objetivo principal del trabajo fue analizar la posibilidad de superar los precedentes judiciales en materia ambiental a partir del análisis del Nuevo Código de Procedimiento Civil 2015, mediante la mejor técnica disponible, mostrando lo siguiente: 1. El sistema legal actual en Brasil es el resultado de la formación del estado de derecho, que recibió una fuerte influencia del estado de derecho liberal, del estado de derecho social, así como de la teoría de los derechos humanos, formada a partir del período posterior a la Segunda Guerra mundial, con el advenimiento de la Declaración Universal de Derechos Humanos. El sistema legal nacional se ha consolidado con el fortalecimiento del Estado de Derecho Socioambiental, cuya matriz de derecho ambiental y sostenibilidad se basa en la lectura del artículo 225 de la Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988. 2. En la mayoría de los estados occidentales, hay una búsqueda por superar los modelos liberales y sociales del estado de derecho, estructurados en un contexto social, político y económico que ya no refleja los anhelos reales de la población democratizada y cada vez más poblada de la actualidad, que está mejor informada e insatisfecha con ciertas decisiones políticas y económicas, y en la actualidad esta llega a reflexionar directamente sobre la forma de vida y el medio ambiente en todo el planeta y no solo en sus pretensiones privadas. 3. Es necesaria una legislación ambiental sólida y un sistema judicial armonioso e integrado, ya que en la actual etapa de civilización los modelos de organización estatal basados exclusivamente en el Estado liberal y social han sido insuficientes para el deseo de regular la economía de mercado en el entorno globalizado, que es intransigente con la preservación del medio ambiente, algo que también está influenciado por la ineficacia de los estados en la protección de los recursos ambientales en todo el mundo. 4. En la defensa y protección del medio ambiente, está claro que el legislador constituyente español fue más tímido en la regulación del tema ambiental que el brasileño, pero al mismo tiempo está claro que ambas constituciones proporcionan un refugio al derecho ambiental en forma de derechos humanos fundamentales de modo a priorizar su contenido sobre otros derechos de carácter privado. 5. El derecho ambiental surge como un apoyo al derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15 de la Constitución española), así como una forma de proteger y salvaguardar los derechos de las generaciones presentes y futuras (art. 225 de la Constitución de la República Federativa de 1988), convirtiéndose así en un reclamo legítimo de la Sociedad y, por lo tanto, debe ser garantizado y preservado por ambos Estados. 6. La solidaridad es un principio jurídico contemplado en varias Constituciones, entre las cuales la Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988, y sirve de base para otras Cartas Constitucionales, de modo que su invocación como valor fundacional ético y axiológico parece totalmente posible en la estructuración de la sociedad contemporánea, marcada por el riesgo de desastres ambientales y la ruptura de los lazos sociales establecidos principalmente a partir de políticas neoliberales implementadas en muchos estados del mundo occidental. 7. La búsqueda de la consolidación de una Sociedad y un Estado de Derecho Socioambiental implica inexorablemente la realización de una ética solidaria en las relaciones intersubjetivas entre los hombres y entre ellos y los bienes ecológicos. Sin esto, la extinción de la especie humana en la Tierra será inevitable en un período no muy lejano, en vista de la etapa avanzada actual de degradación ambiental del planeta, directamente afectada por la organización de la sociedad del riesgo. 8. La dogmática establecida por el Código de Procedimiento Civil brasileño de 1973, concebido en el período de la dictadura militar en este país, fue notable por su concepto individualista y, por lo tanto, insuficiente para responder a las demandas repetitivas y colectivas, provenientes de un mercado cada vez más globalizado, que es la marca inolvidable de las relaciones sociales, políticas y legales de la sociedad contemporánea. Este factor fue decisivo para el surgimiento de un movimiento doctrinal que culminó en la elaboración de un nuevo instrumento legal que pudiera responder a estas nuevas necesidades, precisamente, el nuevo Código de Procedimiento Civil, incorporado por la Ley n. 13.105/2015, inaugurando así una nueva era en la aplicabilidad de los precedentes judiciales en Brasil. El presente trabajo identificó que la teoría de los antecedentes judiciales, introducida por el nuevo sistema procesal civil brasileño, a pesar de sus peculiaridades y de un origen romano-alemán innegable, se inspiró e influyó fuertemente en los sistemas legales vinculados a la tradición anglosajona. basado en la lógica de la obligación de respetar los precedentes judiciales, como una forma no solo de dar respuestas adecuadas a los casos difíciles que surgen diariamente, sino también de estandarizar las decisiones emitidas por los tribunales brasileños. 9. Aunque el nuevo marco legislativo creado por el Código de Procedimiento Civil de 2015 ha avanzado para autorizar el uso de precedentes judiciales en asuntos ambientales, está claro que las decisiones judiciales emitidas en Brasil en relación con demandas vinculadas a la protección del medio ambiente prolifera con poca consideración al criterio de coherencia del sistema, que inevitablemente fomenta la inestabilidad en el sistema legal nacional, además de proporcionar inseguridad en la conducta de la propia sociedad. 10. La investigación demuestra que la teoría de los precedentes judiciales aplicada en Brasil a partir del Código de Procedimiento Civil de 2015 no corresponde, al menos por ahora, a la dictada por la tradición de la House of Lords o de la Corte Suprema de los Estados Unidos, dado que la sistemática brasileña presenta varias singularidades y, además, no existe un proceso cultural formativo con respecto al respeto a los precedentes judiciales en Brasil. También se destacó que la mera creación de disposiciones legales para la implementación de un sistema de precedentes judiciales no es suficiente. Esto requiere un largo período de madurez para reconocer que las reglas se materialicen a partir de decisiones judiciales en casos específicos. Estas reglas que surgen de las sentencias deben ser utilizadas por los encargados de hacer cumplir la ley, deben también ser reconocidas como legítimas por toda la Sociedad, para que las personas puedan realizar sus actos diarios sabiendo cuáles serán los efectos legales de una conducta en particular. En el futuro, puede haber una tendencia a consolidar ciertos estándares de toma de decisiones en los tribunales brasileños, debido a la sedimentación gradual de una cultura basada en el sistema de precedentes judiciales, pero en la actualidad existe una dificultad para los tribunales nacionales en el sentido de construir y mantener ciertas normas coherentes para la toma de decisiones y eso un factor indispensable para la formación de una cultura de respeto a los precedentes judiciales.11. El distinguish y el overruling se han identificado como las técnicas comunes utilizadas para superar los precedentes judiciales. En Brasil, la técnica más utilizada es el overruling y el logro de una superación precedente debe ser necesariamente el resultado de una modificación gradual de la relación decidendi. Este cambio, al parecer, provoca un cambio en la forma de decidir casi naturalmente. Sin embargo, los tribunales han fluctuado en sus decisiones y, a veces, han alterado las decisiones precedentes sin tener en cuenta los motivos principales y la obter dicta de la decisión anterior, en las decisiones ambientales. 12. El sistema de superación de precedentes, se usado con precaución, sirve para promover el stare decisis en lugar de debilitarlo. Además, la existencia de precedentes vinculantes no necesariamente se remonta a la imposibilidad de evolución de la ley a través de la posibilidad de superarlos. Además, es cierto que los precedentes, por importantes que sean, no pueden quedar estancados frente a ciertos casos sociales y ambientales que requieren urgencia, evolución y más atención por parte del Estado. 13. El análisis de los casos concretos descritos en el capítulo IV dejó en claro que, a diferencia de Brasil, tanto la Corte Española como la Corte Internacional de Derechos Humanos han establecido precedentes que sirven de paradigmas para otras decisiones e incluso fomentan la protección de los derechos ambientales en otros lugares, evidencia también que la política de los precedentes, en teoría establecida en Brasil, es nueva y aún no ha generado paradigmas significativos que sirvan de base para juzgar otros casos concretos. Además, las circunstancias políticas y económicas actuales han hecho imposible que Brasil actúe a favor del medio ambiente.14. La intención del legislador al crear la política de precedentes judiciales en Brasil era establecer un patrón de decisión que pudiera fortalecer la confianza de la jurisdicción en el poder judicial, así como estandarizar y generar más coherencia en la decisión de los tribunales. Sin embargo, algunos casos concretos han revelado que existe la posibilidad de superar ciertos precedentes judiciales, teniendo en cuenta la dimensión ecológica y el paradigma de sostenibilidad actual descrito en CF/88. 15. Se encontró a lo largo de la investigación que, aunque una parte minoritaria de la doctrina se inclina hacia la falta de efectividad vinculante del art. 927 del Código de Procedimiento Civil se puede decir que, de hecho, la lectura de esta disposición legal describe la institución del precedente judicial de efectividad obligatoria, que puede fortalecer las decisiones amigables con el medio ambiente en el futuro, evitando que los propios tribunales decidan lo contrario de lo que ha sido decidido en los precedentes vinculantes, que son más eficaces en la búsqueda de una protección ambiental de hecho adecuada e que respecte las necesidades de la población.16. Se observó que, en el campo del apego o la persuasión, en la teoría brasileña de los antecedentes judiciales, a pesar de los avances recientes, con el Código de Procedimiento Civil de 2015, todavía se ve que es necesario incorporar el espíritu de respeto por este instituto, tan presente en la tradición del common law. Pero esta es una tarea que solo el tiempo puede dimensionar las condiciones en cuanto a la introyección o no de tales preceptos en la cultura jurídica brasileña.17. Se ha demostrado que con la sedimentación gradual de la cultura de los precedentes judiciales, los tribunales brasileños tienden a tomar decisiones consistentes con sentencias anteriores, de acuerdo con el paradigma de la sostenibilidad ambiental e incluso superan a algunas sentencias que estaban totalmente inconsistentes e incompatibles con el modelo de respeto a los recursos naturales, plasmado en la Constitución de 1988 de la República Federativa de Brasil.18. La Corte Suprema Federal, como guardiana de la Constitución, ha sido en ocasiones una gran infractora de los principios socioambientales dictados en la CF/88 y ya es hora de modular los efectos o generar precedentes que sean favorables a los intereses de la Sociedad y no de ciertos grupos políticos o económicos. Este escenario se puede cambiar rápidamente, si los tribunales brasileños pasaren a cumplir con las reglas derivadas de los precedentes descritos en el Código de Procedimiento Civil de 2015, porque, se usados correctamente, estos pueden ser un gran aliado en la lucha por un medio ambiente más sano.19. Se ha identificado que el camino hacia una decisión coherente y en armonía con los principios socioambientales puede ser hecho a través de inversiones en la mejora de la actuación de los magistrados, quienes, cada vez más preparados y conscientes, tienden a dar mayor importancia a los precedentes y pueden cumplir cada vez más las justas demandas instauradas por la sociedad. Debido a esto, se señaló que una de las formas posibles de lograr el Paradigma de Sostenibilidad Ambiental, es tener en cuenta la mejor técnica disponible para superar los precedentes. Esta técnica debe ser rechazada siempre que viole los derechos y garantías fundamentales y debe ser preservada si defiende y salvaguarda dichos derechos. Además de eso, es evidente que la seguridad jurídica y la confianza en el poder judicial y en el poder de un juicio justo y sólido deben reinar en todos los reclamos ante los tribunales. 20. Se señaló que la inserción del precedente judicial en el sistema legal brasileño no es suficiente, también hay que señalar que la sociedad se ha vuelto cada vez más dependiente de la técnica y esta relación de dependencia también se refleja en el mundo legal, que ya no puede ser modelado y reajustado continuamente sin llevar en consideración las variaciones de la evolución científica y tecnológica, de manera que se debe utilizar de la mejor técnica de superación de precedente para satisfacer adecuadamente las necesidades socioambientales de los ciudadanos. 21. Se concluyó, por fin, que, por el momento, lo que si debe tenerse en cuenta es cómo utilizar la mejor técnica y la ciencia como instrumentos para el desarrollo de la Sostenibilidad, las Cortes deben estar respaldadas por el uso consciente del medio ambiente y la necesidad del progreso económico e, principalmente, deben satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras.


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