La originalidad de esta investigación, se manifiesta al poner en relación la atención prestada a la violencia ejercida sobre el colectivo niñas, niños y adolescentes y sobre el colectivo adultos mayores o ancianos en el ámbito familiar. Esta correlación deviene singular, al existir marcadas diferencias, pero también puntos de conexión. Por lo que es posible establecer una equiparación o coincidencia entre las distintas tipología de “violencias” ejercidas sobre menores y ancianos, partiendo de varias premisas comunes: las cifras muestran cómo la violencia intrafamiliar no siempre es denunciada, la gran dependencia de estos colectivos hacia el maltratador, es una de las razones que podrían justificar su invisibilización. La dificultad que supone identificar este tipo de violencia contra menores y ancianos, que por razón de edad, presentan mayores dependencias y consiguiente vulnerabilidad, va acompañada en ocasiones, de una cierta permisividad o tolerancia social, que impide su erradicación. Asimismo pone de manifiesto la existencia de un desequilibrio en las relaciones de poder y la posición de dependencia y/o fragilidad por razón de la edad de las víctimas.
Investigaciones previas analizan la violencia intrafamiliar en una única dirección, interesándose por la violencia que deriva del ejercicio de poder que el varón ejerce contra el resto de miembros. Se ofrece al respecto una perspectiva sesgada, bajo la que las víctimas, suelen ser, principalmente, los niños y niñas o las mujeres. En este contexto, ciertamente hay que redoblar esfuerzos para luchar contra la lacra social de la violencia de género que no cesa y aplicar medidas eficaces para proteger a la mujer víctima y a sus hijos e hijas. Nuestra hipótesis de partida apunta que estas niñas y niños tienen un elevado riesgo de ser objeto de malos tratos físicos, psicológicos, sexuales y ser atendidos de forma negligente, en el contacto con el maltratador; y hasta el momento las respuestas de intervención no se muestran eficaces, a pesar de las recientes modificaciones legislativas que afectan a la materia.
No obstante, la realidad muestra que la violencia familiar se manifiesta de forma mucho más abierta y cambiante, no siendo exclusivamente mujeres y niños las “víctimas” protagonistas. Por lo que no siempre los actos de violencia se ejecutan en la misma dirección. Las múltiples transformaciones sociales y las convicciones de ética social imperantes, irrumpen de forma directa en el panorama actual. Lo que nos abre nuevas vías de avance respecto al otro colectivo de personas adultas mayores objeto de nuestra investigación.
De un lado, el envejecimiento de la población se presenta como un factor de riesgo del maltrato a personas mayores. Extremo que necesariamente hay que contemplar y además hacerlo con perspectiva de género. La población mundial de mayores de 60 años se duplicará en los próximos años. De 900 millones en 2015 pasará a unos 2000 millones en 2050 (OMS, 2018). Las consecuencias del invierno demográfico serán catastróficas, “Menos, más viejos y, por tanto, más dependientes”. Según nuestras previsiones se espera, por tanto, un aumento del maltrato a personas mayores, dado el envejecimiento de la población y con clara tendencia hacia el sexo femenino.
De otra parte, hoy asistimos a una denunciada crisis de valores, que se hace patente en la sociedad y por ende, en las familias. Lo que ha precipitado progresivamente y parece mostrar, cierta ausencia de solidaridad intergeneracional. En líneas generales, se demanda fomentar patrones familiares positivos, libres de violencia, que generen confianza, respeto, comunicación, colaboración y cuidados. Ello puede contribuir a erradicar la violencia como fenómeno multidireccional, contra todos los miembros que forman parte del colectivo familiar. Pero de forma especial, la ejercida sobre los adultos mayores, que se presenta como un grave y complejo problema en plena fase de visibilización y que por tanto, aún hay que explorar.
Por lo que, un análisis completo de este fenómeno emergente requiere visibilizar el estado actual de la cuestión, con datos y prevalencias, sobre tipologías del maltrato y otras variables, que a fecha de hoy no se muestran del todo uniformes. La información contenida en las estadísticas disponibles sobre el maltrato a niños y ancianos en el ámbito familiar no es en ningún caso completa.
Paralelamente, se hace preciso testar el estadio en el que nos encontramos, respecto a la sensibilización y reconocimiento de este grave problema por parte de la sociedad. Nuestra hipótesis de partida apunta serias carencias en estos niveles, que contribuye a perpetuar este “maltrato silencioso y silenciado” e impide su eficaz abordaje y prevención. Probablemente por el escenario en el que se desenvuelve la violencia, donde víctimas y agresores, conviven forzosamente o cuanto menos, se relacionan en un contexto familiar o cuasifamiliar; lo que impide tomar conciencia plena del problema por parte de quien lo sufre y por parte de la sociedad. Estas barreras seguirán obstaculizando su abordaje y prevención.
Hacer estimaciones precisas, ante la falta de datos homogéneos, sobre la prevalencia de estas conductas es necesario, con la finalidad de concretar a nivel epistemológico el concepto de violencia. Y a partir de éste, cuantificar la incidencia de la violencia intrafamiliar contra los colectivos más vulnerables, describiendo las vías jurídicas y sociales que asisten a las víctimas y los cauces a seguir para activarlas. Especialmente respecto a los malos tratos y/o negligencias en las personas mayores. Asimismo urge realizar una aproximación hacia los perfiles sociológicos que participan como sujeto activo y pasivo de la violencia intrafamiliar. Nuestra investigación se propone integrar las distintas perspectivas, lo que permitirá detectar ciertas deficiencias e identificar estrategias eficaces para su prevención, abordaje y tratamiento desde una perspectiva sociolegal.
La familia presenta unos rasgos tan peculiares que impone a los poderes públicos actuar o intervenir tan incisivamente como sea necesario, para asegurar que el entorno familiar sea un espacio de libertad del individuo, garantizando su protección social, económica y jurídica (art. 39 CE). Dando cumplimiento, por tanto, al art. 10.1 CE, precepto culmen en el objeto de esta investigación; por ser fundamento del orden público y de la paz social, el garantizar “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad”. Es por ello que las políticas públicas, estrategias y planes nacionales dirigidos a la protección de estos colectivos deben partir de la sensibilización, formación y prevención. Se trata de garantizar una atención integral, que incluya medidas socio-legales, prioritariamente dirigidas a la prevención y protección inmediata de las posibles víctimas. Y consumado el acto o actos violentos, que se subsumen en una amplia gama de delitos, articular medidas de protección y otras paliativas, para la recuperación y la atención de las víctimas.
Por lo que se hace necesario revisar el marco legal frente al maltrato en el ámbito familiar, de forma especial, respecto a menores y tercera edad. La deficiente aplicación de las normas existentes, constituyen, en ambos casos, factores de riesgo que obstaculizan una eficiente y eficaz protección a estos colectivos. De hecho, respecto del colectivo niñez y adolescencia, se trabaja actualmente en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. Y si bien, han sido de gran impacto la LO 8/2015 y la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, nuestras previsiones ya apuntaban que era necesaria esta Ley integral. Las mencionadas Leyes reforman profundamente la LO 1/1996 de protección jurídica del menor y una veintena de normas conexas. Se analizarán en este punto, haciendo un balance, si quiera provisional, las modificaciones introducidas en las instituciones previstas para los casos en que el menor se encuentra en situación de riesgo o desamparo (Ley 26/2015); y de otra parte, prestaremos especial atención a las medidas relativas a la privación de la patria potestad y régimen de visitas del progenitor maltratador en los casos de los hijos víctimas de la violencia de género (Ley 8/2015).
Respecto al colectivo de personas mayores y ancianos existen disposiciones que le otorgan protección jurídica y social. Si bien, en los casos de desprotección, el Código civil cuenta con las clásicas instituciones tutelares y otros remedios legales, para atender a la situaciones de especial vulnerabilidad de la ancianidad; vinculada en ocasiones, a la pérdida grave de sus facultades físicas y cognitivas y que coloca a este colectivo ante una mayor propensión de sufrir cualquier tipo de maltrato, abuso o negligencia; y para las que la “incapacitación” se presenta -hasta ahora- como instrumento protector. Téngase en cuenta que se encuentra en trámite la normativa que adaptará a nuestro ordenamiento el artículo 12 la Convención de New York. El Anteproyecto de reforma del Código civil en materia de discapacidad (2018) introducirá modificaciones sustanciales en nuestras clásicas instituciones tutelares, que pasarán a denominarse “medidas de apoyo”. Lo que sin duda, supondrá un cambio de paradigma en el actual sistema tuitivo o de protección.
Desde el ámbito de los Servicios Sociales que por su cercanía y presencia en la comunidad constituyen la herramienta clave ante estas situaciones de violencia intrafamiliar hacia la infancia y la senectud, se evidencia la necesidad de establecer varias mejoras en aras de proteger a los dos colectivos que analizamos y poder garantizar el mantenimiento y cuidado de las personas en su hogar: Carencias que se muestran en este estudio fruto de mi experiencia e intervención profesional como Trabajadora Social.
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