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Unidad económica y sucesión universal en la escisión de sociedades

  • Autores: Geraldine Bethencourt Rodríguez
  • Directores de la Tesis: Ana Belén Campuzano Laguillo (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad CEU San Pablo ( España ) en 2018
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Jesús Quijano González (presid.), Adoración Pérez Troya (secret.), María Enciso Alonso-Muñumer (voc.), José Machado Plazas (voc.), Daniele Vattermoli (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho y Economía por la Universidad Cardenal Herrera-CEU ; la Universidad San Pablo-CEU y la Universitat Abat Oliba CEU
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La promulgación de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, implicó un avance importante en el Derecho de sociedades. Esta normativa nació con la pretensión de unificar en un único texto el tratamiento legal de las denominadas «modificaciones estructurales». La exposición de motivos destaca la singular importancia de este régimen jurídico como parte del continuado proceso de perfeccionamiento del Derecho de las sociedades mercantiles. Ahora bien, el resultado alcanzado no es plenamente satisfactorio. Como se pone de manifiesto a lo largo de la tesis doctoral, el tratamiento legal de las modificaciones estructurales resulta inconcluso en tanto que el legislador no aprovechó la oportunidad para resolver algunas cuestiones que no estaban claras antes de su vigencia y que siguen sin estarlo en la actualidad. Así pues, hay aspectos que precisan de una mejora y existen interrogantes pendientes de resolver.

      La presente tesis doctoral centra su estudio, por un lado, en el concepto de «unidad económica» que emplea la norma para delimitar el perímetro de la operación de modificación estructural en la escisión de sociedades. Y, por otro lado, en la sucesión patrimonial de la «unidad económica», con especial atención a las consecuencias sobre los contratos pendientes de cumplimiento que se derivan de una reestructuración con sucesión universal.

      Esta tesis doctoral consta de tres partes, nítidamente diferenciadas. La primera, conformada por los capítulos I y II aborda, por un lado, la exposición del marco general regulatorio y del Derecho proyectado. En esta línea se hace referencia al tratamiento de la escisión en la Ley sobre modificaciones estructurales, al régimen fiscal especial aplicable a esta operación y a la influencia de las directivas comunitarias en materia de escisión sobre la regulación nacional. Además, se estudia con carácter general el tratamiento normativo de la escisión en el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil. Por otro lado, se analizan los rasgos definidores de la escisión con el objetivo de exponer, principalmente, el estado actual del tratamiento que ha recibido en la doctrina y en la jurisprudencia la «unidad económica», y el efecto de la sucesión a título universal respecto de los elementos patrimoniales objeto de transmisión en el ámbito de las modificaciones estructurales, en especial, de la escisión parcial y de la segregación.

      La segunda parte de esta tesis abarca los capítulos III a VI y tiene por objeto procurar un ensayo sobre la definición del concepto de «unidad económica». Para ello se toma como punto de partida la empresa, en cuanto criterio multidisciplinar, vertebrador y delimitador, a su vez, del concepto y contenido del Derecho mercantil. Este estudio permitirá también poner en valor la conveniencia de que la norma regule de manera expresa el concepto de empresa. Ahora bien, en la medida en que el legislador en el Ordenamiento jurídico español emplea diferentes términos en función de la disciplina y materia objeto de regulación, resulta conveniente determinar si más allá de la coincidencia o no en la terminología empleada, la conceptualización debería ser la misma. Para ello nos adentramos en los conceptos de «rama de actividad» y «unidad económica autónoma» del Derecho fiscal, en la «unidad productiva autónoma» desde la óptica del Derecho laboral y en la «unidad productiva» del Derecho concursal. El objetivo de abordar por separado cada uno de estos conceptos es doble: por un lado, analizar cómo el legislador ha configurado estos conceptos en la norma y, por otro, valorar si hay criterios empleados para su definición que pueden servir de guía a efectos de cumplir con la tarea de una definición de «unidad económica».

      La tercera parte de la tesis comprende los capítulos VII, VIII y IX y está dedicada en exclusiva al estudio de la transmisión de la unidad económica a través de la sucesión universal. En este sentido, de los elementos patrimoniales objeto de transmisión en una operación de escisión, la cesión de los contratos reviste especial complejidad, si bien no existen preceptos específicos que se ocupen de esta problemática en la Ley sobre modificaciones estructurales. En esta línea, se analiza el impacto de la sucesión universal tanto sobre los contratos sujetos a una regulación específica, y para los que se establece una solución normativa o convencional, como sobre los contratos pendientes de cumplimiento para los que no se establece previsión alguna. Por último, se estudian las posiciones doctrinales que han abordado la problemática de la alteración sobrevenida de las circunstancias contractuales como consecuencia de la operación de modificación estructural y las soluciones que se proponen para neutralizar esta alteración.

      En definitiva, la importancia de los temas que se estudiarán en esta tesis doctoral radica en que contribuirán a resolver cuestiones que influyen directamente en la aplicación de la Ley sobre modificaciones estructurales, cuyo texto normativo se ocupa de una materia de gran relevancia.


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