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Resumen de The role of commitment in the explanation of agency: from practical reasoning to collective action

Miranda del Corral de Felipe

  • La discusión filosófica acerca del papel del compromiso en la acción humana es bastante reciente, y raramente ocupa un lugar central en los debates sobre la racionalidad. El concepto de compromiso es normalmente empleado asociado con intenciones, razones normativas, normas sociales, o acción colectiva, con el fin de aislar conceptualmente su aspecto normativo. El objetivo de esta tesis es analizar el compromiso en los tres niveles fundamentales de la acción racional: individual, social y colectivo, con la finalidad de establecer un marco teórico que sirva para interrelacionar los diferentes usos de este concepto.

    En la primera parte, se examina la dimensión normativa de la intencionalidad. Se genera un compromiso individual cuando el agente posee razones normativas para realizar una acción, y su intención tiene la capacidad de ejercer un control sobre sus acciones. Determinados fallos de la racionalidad, como la debilidad de la voluntad o la akrasia, se deben a que existe un desajuste entre las razones del sujeto y su componente motivacional. La normatividad de las intenciones se fundamente en los requerimientos normativos de la racionalidad.

    En la segunda parte de la tesis se analizan los compromisos sociales, tales como promesas o acuerdos. Una característica esencial de los compromisos sociales es que generan expectativas empíricas y normativas en otros agentes. En primer lugar, los compromisos sociales son posibles gracias a mecanismos evolutivos de prosocialidad. Por otra parte, un compromiso social consiste en el ejercicio de los poderes normativos del agente, esto es, en su capacidad de crear razones normativas socialmente aceptadas. Así, la normatividad de las promesas se fundamenta en los requerimientos normativos de la racionalidad, y en la aceptación de la promesa como razón normativa excluyente. Además, las obligaciones derivadas de un compromiso social son una de las bases de la atribución de responsabilidad.

    La tercera y última parte examina dos niveles de los compromisos colectivos. Por una parte, para que un conjunto de agentes sea capaz de generar un compromiso colectivo, es necesario que la relación de estos con el grupo sea de membresía, en oposición a la mera agregación de individuos. Por otra parte, los compromisos colectivos pueden ser tanto individuales, en tanto que expresan una intención colectiva, o sociales, si el colectivo se compromete con un segundo agente a realizar una acción. Así, la responsabilidad colectiva se fundamenta en la responsabilidad individual de los agentes en tanto que miembros, y en la responsabilidad del grupo en tanto que sujeto colectivo.


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