La constitución mexicana de 1917 consagro preceptos que sancionaban severamente la iglesia católica porque esta fue considerada como enemigo político debido a su destacado papel social. La jerarquía eclesiástica se opuso al trato recibido constitucionalmente y empleo diversos medios para lograr su modificación. Las principales limitaciones que se le impusieron fueron: negativa de personalidad jurídica, de derechos políticos a los ministros del culto, así como restricciones en el aspecto patrimonial y educativo. Tras 75 años de vigencia de tales preceptos, los que nunca fueron aplicados al pie de la letra, se reformo la constitución otorgándole personalidad jurídica a la iglesia. La reforma respondió a sus reclamos e implico la restauración de su programa social.
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