Mediante el método deductivo-descriptivo, se ofrece un concepto jurídico de ambiente inspirado en las aportaciones de las Ciencias de la naturaleza. En él se adopta una posición antropocentrista en la que se vincula el medio a la dignidad de la persona.
Un análisis de las Fuentes del Derecho Ambiental nos muestra cómo se concibe la materia en el ámbito internacional, comunitario y nacional.
Dentro del orden constitucional, el exámen de la realidad ambiental nos indica que junto a la naturaleza principal el medio puede concebirse como Derecho. El derecho a un entorno adecuado para el desarrollo de la persona puede manifestarse como un derecho subjetivo, un derecho público subjetivo y en algunos casos como un derecho fundamental.
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