Este trabajo es un intento de reflexión crítica sobre alguna de las cuestiones más relevantes que desde la perspectiva del Derecho Internacional atañen a la situación del Tíbet.
Los intentos de abordar la cuestión del Tíbet desde un simple plantamiento de violaciones de los derechos de una minoría, ni obedecen a la realidad de los hechos, ni respetan el Derecho. Cualquier búsqueda de solución jurídica al conflicto debe tener en cuenta invariablemente dos elementos de base: primero, que el Tíbet en la fecha crítica de 1950 reunía todos los requisitos propios de un Estado según el Derecho Internacional; y segundo, que el territorio y el pueblo tibetano se encuentran bajo dominación extranjera, sometidos a una administración colonial, situación que amenaza seriamente la paz y seguridad internacionales.
Por todo ello, se concluye que el ejercicio efectivo del derecho de autodeterminación del pueblo tibetano es la única salida a un conflicto enquistado.
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