La tesis tiene por objeto el estudio de las relaciones existentes entre el seguro de vida y el Derecho de sucesiones. Estas relaciones se estudian en cuanto el seguro de vida lo es para caso de fallecimiento y la causa de la atribución del beneficio es gratuita, y es que son la causa de muerte y la gratitud de la atribución las notas comunes a seguro de vida y Derecho de sucesiones. Puesto que las cuestiones derivadas de esta relación son tantas cuantas instituciones sucesorias puedan verse implicadas, la tesis trata de sentar las bases para responder coherentemente a todas las que puedan plantearse. Ello se hace a partir de la determinación de la naturaleza jurídica de la atribución del beneficio del seguro de vida, lo que lleva a aplicar las normas sucesorias con las adaptaciones convenientes.
A la hora de aplicar aquellas normas, el núcleo de la tesis se centra en el modo en el que juegan las que tratan de la colación, computación e imputación de donacines. Y es que el tomador del seguro de vida, al designar beneficiario, debe estar atento a los preceptos sucesorios que rigen su sucesión, pues la atribución del beneficio de un seguro de vida puede perjudicar los derechos de herederos legítimos y acreedores del tomador. Asimismo se hace alusión al modo en el que afecta al régimen económico matrimonial del tomador de un seguro la concertación del mismo y la designación de beneficiario: esto es, a la medida en la que las operaciones de colación, computación e imputación se realizan en el patrimonio común del matrimonio o en el propio del tomador.
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